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Normativa Tributaria: Pensiones y otras prestaciones de trabajo
Pensiones y otras prestaciones
En el apartado de sueldos, pensiones y similares también aparecerán recogidos los siguientes ingresos por prestaciones que hayas percibido en el ejercicio, entre otros:  Estos rendimientos tributan como rendimientos de trabajo, sin perjuicio de que algunos estén exentos según la normativa, tal y como se explica en el siguiente apartado.
 
Prestaciones parcialmente integradas o exentas
Si bien el rendimiento de trabajo estará constituido, con carácter general, por la totalidad de los rendimientos considerados de trabajo en el apartado anterior, algunos de ellos se integran parcialmente si se perciben en forma de capital (en forma de renta se integran al 100%), tal y como se muestra en este cuadro.

Por otro lado, hay rendimientos que son totalmente exentos (como la pensión de orfandad percibida del INSS o clases pasivas), o en función de ciertas condiciones pueden estar exentos, como la Incapacidad Permanente Total:
¿Cuándo está exenta la pensión por Incapacidad permanente Total (IPT)?
  • Estará exenta siempre que el contribuyente cuente con una edad superior a 55 años y no perciba rendimientos del trabajo de carácter activo o rendimientos de actividades económicas (no perjudican esta exención los ingresos de hasta 2.000 euros derivados de actividades con un componente pasivo o de baja intensidad de trabajo como, por ejemplo, las entresacas forestales).
  • La exención podrá acreditarse a partir del momento en que se cumplan los 55 años; y en el período impositivo en el que se perciba la Incapacidad Permanente Total por primera vez, no se aplicará la incompatibilidad entre la exención y la obtención de rendimientos del trabajo de carácter activo, o de rendimientos de actividades.

 

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

Incidencias o dudas más habituales
Soy residente fiscal en Bizkaia, percibo una pensión alemana y he pagado algún impuesto en Alemania por esta pensión.

Vamos a verlo en un ejemplo: la pensión cobrada es de 20.000 € (y no es por un empleo público anterior, es decir, es una pensión privada). En Alemania puede estar obligado a imposición con un límite del 5% (puede tener que pagar el 5% de 20.000 € = 1.000 €).

¿Cómo declarar una pensión cobrada en el extranjero?
Si has recibido una pensión privada desde Alemania (no vinculada a empleo público), debes incluirla en tu declaración de la renta en Bizkaia. Te explicamos paso a paso: 

¿Qué importe debes declarar?
  • Incluye los 20.000 € como rendimiento del trabajo personal.
    • Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
    • En el apartado "Sueldos, pensiones y similares" haz clic en el icono  "Añadir Registro".
    • Introduce el valor correcto en el campo: Selecciona la clave "Pensiones" y añade el importe de la pensión en "Ingresos dinerarios"
    • Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.
  • No añadas las retenciones practicadas en el extranjero en este apartado.
Casillas a rellenar por la pensión alemana
¿Cómo aplicar la deducción por doble imposición internacional?
Para que el programa calcule la deducción, debes indicar:
  • La parte de la base liquidable general que corresponde a la renta obtenida en Alemania. Esta cuantía la tienes que calcular. Al no disponer de otros rendimientos liquidables en la base general:
    • Base liquidable general = Base liquidable general extranjero = Sueldos y salarios extranjero - Seguridad Social extranjero - Bonificación de Trabajo = 20.000 € - 0 € - 3.000 € = 17.000 €.
  • Las retenciones practicadas, el importe del impuesto pagado en Alemania (por ejemplo, si allí pagaste el 5 % sobre 20.000 €, serían 1.000 €).
  • Para aplicar la deducción por doble imposición, es necesario aportar la documentación que acredite el impuesto pagado en el extranjero (por ejemplo, un certificado).
  1. Accede al apartado "Doble imposición internacional" y haz clic en el icono "Añadir Registro".captura pantalla indicativa del apartado a seleccionar
  2. Base liquidable general: introduce el valor calculado. En el ejemplo: 17.000 €.
  3. Impuesto extranjero: introduce el importe pagado en el extranjero. En el ejemplo: 1.000 €.captura pantalla indicativa del apartado a seleccionar
  4. Guardar: pulsa el botón Guardar.
¿Está exenta la pensión si tengo reconocida una dependencia?
¿Cómo tributa la pensión si la persona es dependiente?
Si una persona tiene reconocida una  gran dependencia (Grado III), esto no cambia la naturaleza de su pensión. Por ejemplo: si la pensión es de jubilación, debe tributar como rendimiento del trabajo.

¿Está exenta la pensión?
No. Aunque exista dependencia, la pensión no está exenta. Debe declararse como rendimiento del trabajo.

¿Cuándo hay obligación de presentar la declaración?

Si la pensión supera los 20.000 € anuales:
  • La persona dependiente está obligada a presentar la declaración.
  • El importe aparecerá automáticamente en el apartado “Rendimientos del trabajo”.
  • No marques la pensión como exenta.
¿Qué ocurre si la pensión es de 16.000 €?

Vamos a verlo en un ejemplo: Miren vive con su madre. En 2025, la Diputación reconoció a la madre un Grado III de dependencia. La madre percibe únicamente una pensión de jubilación (obtenida por este motivo, y no por ninguna incapacidad). Miren cree que, al ser dependiente, la pensión está exenta.

Aunque la madre tenga una gran dependencia (Grado III), su pensión es de jubilación, por lo que DEBE tributar como rendimiento del trabajo. El grado de dependencia no cambia la naturaleza de la pensión. En este caso, la hija (Miren) puede aplicar la deducción por discapacidad o dependencia, siempre que se cumplan estas condiciones:
  • Tiene reconocida una discapacidad o dependencia.
  • Convive con la persona contribuyente.
  • No obtiene rentas anuales (sin incluir las exentas) superiores al doble del salario mínimo interprofesional.
¿Cómo aplicar la deducción por la dependencia?
  1. En el apartado "Datos personales y familiares” hay que pulsar en el icono de “Personas relacionadas” y en “Añadir Persona relacionada”​.
  2. Debe introducirse los datos identificativos de la persona, indicando:
  • El parentesco. Para el ejemplo dado: “Ascendientes”.
  • El grado de discapacidad/dependencia: La madre, al tener reconocida una dependencia de Grado III, seleccionaremos la opción de “Discapacidad igual o superior a 75% con 40 o más puntos en ATP. Gran dependencia (Grado III)”.
  • Y marcando la casilla de “Convivencia con la persona con discapacidad”.
¿Cómo tributa una pensión de orfandad?

Si la pensión la paga la Seguridad Social o Clases Pasivas:

  • Está exenta de IRPF.
  • No tendrás que incluirla en tu declaración de la renta.

Si la pensión la paga la empresa:

  • No está exenta.
  • Se considera rendimiento del trabajo personal.
  • Tendrás que declararla en tu renta y tributa como cualquier salario.
¿Cómo declarar los rendimientos de la entresaca de un pinar y qué efecto tienen en la exención de la pensión por Incapacidad Permanente Total (IPT)?
Vamos a verlo en un ejemplo: Una persona de 62 años percibe una pensión por Incapacidad Permanente Total de 21.477,87 € y, en el mismo año, realiza una entresaca en un pinar de su propiedad.

Si el rendimiento es de baja intensidad:
  • Importe inferior a 2.000 €: Se considera una actividad de poca relevancia y con componente pasivo.
  • Impacto en la pensión: mantiene la exención. La persona no pierde el beneficio fiscal de su pensión de IPT por este ingreso puntual.
  • No debe realizar ninguna acción adicional sobre la pensión en el aplicativo de RentaWeb. Las personas obligadas a declarar tienen que comprobar que los rendimientos forestales se incorporan en el apartado de "Actividades Económicas".
Si el rendimiento es relevante:
  • Importe superior a 2.000 €: el rendimiento pierde la consideración de "poca relevancia" a efectos de compatibilidad con la exención.
  • Impacto en la pensión: pierde la exención. La pensión de IPT pasa a ser un rendimiento del trabajo sujeto a tributación.
  • ¿Cómo se indica en la declaración?
    • Debe añadir el registro de la pensión para que compute como ingreso.
      • Ve al apartado “Sueldos, pensiones y similares” y pulsa sobre “Añadir Registro”. 
        • Selecciona la clave: "Incapacidad total de mayores de 55 años"
        • Introduce el importe de la pensión (21.477,87 €) en "Ingresos dinerarios"
        • Completa el resto de los campos y pulsa “Guardar”.

    imagen donde se remarcan las casillas a cumplimentar

    • Al realizar una actividad económica forestal con rendimientos superiores a los límites de exoneración de las obligaciones Batuz – TicketBai debe: 
      • Si no hubiera presentado el libro a tiempo:
        • Debe presentar el libro-registro de operaciones económicas por la sede electrónica
        • Tras su presentación debe modificar el borrador de renta y añadir el registro los rendimientos forestales en el apartado de "Actividades Económicas".
      • Cumplir con las obligaciones del sistema Batuz y asegurar que las facturas de la venta de madera estén correctamente registradas en el libro-registro de operaciones económicas.
¿Cómo comprobar la exención de la pensión por Incapacidad Permanente Total en el primer año?

Si es el primer año que percibes una pensión por Incapacidad Permanente Total (IPT) y cumples las condiciones para la exención (ser su primer año de percepción y tener más de 55 años), es importante revisar tu borrador para asegurarte de que se aplica correctamente.

Vamos a verlo en un ejemplo: Mikel tiene 58 años. Trabajó como ingeniero hasta el 30 de abril, cuando se le reconoció una IPT. Durante el año percibió:

  • Ingresos por trabajo: 15.772 € 
  • Retenciones: 3.611 €
  • Gasto Seguridad Social: 1.411 €
  • Pensión por IPT: 21.477,87 €

Como es su primer año y tiene más de 55 años, los 21.477,87 € están exentos.

¿Cómo verificar la exención en el borrador?
1.    Accede a tu borrador en la Sede Electrónica.
2.    En el apartado “Sueldos, pensiones y similares”, verás dos registros: 

  • Uno por los ingresos del trabajo.
  • Otro por la pensión por incapacidad.

imagen descriptiva de los dos registros

Como se aprecia en la imagen, pensión aparece como ingreso, y al cumplir los requisitos de la exención: debe eliminarse ese registro.

¿Cómo eliminar el registro?
1.    En el apartado “Sueldos, pensiones y similares”, busca la columna “Acción”.
2.    Haz clic en el icono correspondiente.
3.    Selecciona “Eliminar”.

imagen descriptiva de los dos registros

Documentación necesaria

Si la pensión no figura correctamente imputada:

  • Debes aportar el certificado de la Entidad pagadora de la pensión pagadora.

Si la pensión figura correctamente

  • Debes conservar los justificantes relacionados.
  • La Administración puede solicitarlos más adelante para comprobar la información.
  • No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
 


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
  3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
 

Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

 

A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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