
Las cuantías de la deducción estarán en función del grado de dependencia o discapacidad. (Art.82 NF 13/2013 y art. 66 del DF 47/2014 de IRPF)
El impuesto se devenga:
Si fallece la persona con derecho a la deducción, las circunstancias familiares se fijan en la fecha del fallecimiento y el importe no se reduce proporcionalmente.
Más información sobre el devengoEstos importes corresponden a las deducciones aplicables en IRPF por discapacidad, conforme a lo establecido en el Art. 82 de la NF 13/2013 y el Art. 66 del Reglamento DF 47/2014.
Modalidades y cuantías según grado de discapacidad
| Grado y Tipo | Descripción | 2021 y 2022 | 2023 | 2024 y 2025 |
|---|---|---|---|---|
| Igual o superior al 33% e inferior al 65% (Tipo A y B) | Incapacidad permanente parcial, total, SOVI vejez por incapacidad, SOVI invalidez | 849 € | 866 € | 888 € |
| Igual o superior al 65% (Dependencia moderada – Grado I, Tipo C) | Incapacidad permanente absoluta, orfandad por incapacidad para el trabajo del hijo, incapacitado judicialmente | 1.212 € | 1.237 € | 1.268 € |
| Igual o superior al 75% y entre 15 y 39 puntos de ayuda de 3ª persona (Dependencia severa – Grado II, Tipo D) | Gran invalidez | 1.453 € | 1.483 € | 1.521 € |
| Igual o superior al 75% y 40 o más puntos de ayuda de 3ª persona (Gran dependencia – Grado III, Tipo E) | Gran invalidez con máxima dependencia | 1.813 € | 1.850 € | 1.897 € |




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