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¿Cómo tributan los fondos de inversión?
Los fondos de inversión no están sometidos a tributación en el IRPF hasta que se produce la transmisión o reembolso de participaciones. En ese momento se generará una variación patrimonial, ganancia o pérdida, por diferencia entre el valor de transmisión o reembolso y el valor de adquisición o suscripción de las participaciones, esto es:

Valor de Reembolso – Valor de Suscripción = Resultado Impositivo (Ganancia o Pérdida)

El precio de adquisición de las participaciones se multiplica por un coeficiente de actualización que varía en función del año de suscripción de la participación.

 
Fondo de inversión adquirido por herencia, ¿Cuál es la fecha de adquisición?
Para los herederos, la fecha de adquisición de las participaciones en el fondo de inversión será la del fallecimiento del causante (derecho común) o fecha del ejercicio del poder testatorio (derecho foral) y no la de la aceptación de la herencia. 

El valor de adquisición será el valor de dichas participaciones a la fecha de fallecimiento o a la fecha del ejercicio del poder, de acuerdo a las normas del impuesto de sucesiones y donaciones añadiendo a dicho valor la parte del Impuesto sobre Sucesiones soportado que corresponde a los fondos adquiridos. 

A dicho valor se le aplicarán los coeficientes de actualización correspondiente  
Traspaso de un Fondo de Inversión a otro. ¿Hay que computar la ganancia o pérdida?
Cuando el importe obtenido por el reembolso o transmisión de participaciones en fondos de inversión se destine a la adquisición o suscripción de otras participaciones en instituciones de inversión colectiva, no procederá computar la ganancia o pérdida patrimonial. Las nuevas participaciones suscritas conservarán el valor y fecha de adquisición de las participaciones reembolsadas. 
Por ser titular de unas participaciones en un fondo de inversión he entrado en un sorteo y me ha tocado un premio en especie, ¿Cómo tributa?
Los premios concedidos por los fondos de inversión a los agraciados en sorteos realizados entre los partícipes tienen la consideración de ganancias patrimoniales estando sometidos a retención.

En este caso ingreso a cuenta por haberse satisfecho en especie. 
Venta de participaciones de un fondo de inversión sobre las que existe un usufructo
Debemos diferenciar al nudo propietario del usufructuario, puesto que el tratamiento que les es aplicable difiere:

El usufructuario tendrá derecho a la totalidad de las rentas generadas desde la constitución del usufructo hasta su extinción, las cuales tendrán la consideración de rendimientos del capital mobiliario y, por tanto, con carácter general, estarán sujetos a retención a cuenta del IRPF.

El nudo propietario, a la sazón el partícipe en el fondo de inversión, obtendrá una ganancia o pérdida patrimonial por la transmisión de las participaciones, computando simultáneamente una pérdida patrimonial que se corresponde con el resultado positivo derivado del reembolso de las participaciones del Fondo de Inversión por el período transcurrido desde la constitución del usufructo hasta que se produce el reembolso, cuantía que corresponde al usufructuario. 

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2025.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


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En el apartado "Fondos de inversión" aparecen las ganancias generadas por la transmisión de participaciones en fondos de inversión. 
Documentación necesaria
  • En el justificante de la entidad deberán acreditarse los importes de las ganancias generadas o bien las fechas y valores de transmisión y adquisición de las participaciones en los fondos de inversión. 
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
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