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Tributación en ITPyAJD de  la cancelación de una hipoteca en documento público

¿Cómo tributa en el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados  la cancelación de una hipoteca en documento público?

Está sujeto a Actos Jurídicos Documentados, pero podría estar exentosi se trata de la cancelación de una hipoteca en garantía de un préstamo destinado a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.

Vivienda habitual:

  • Se siguen los criterios de IRPF, por lo que como norma general tendrá que habitarla en 12 meses y vivir en ella durante al menos 3 años.

El tipo impositivo aplicable en caso de no estar exento: 0,5%

Base imponible: Principal del préstamo que se cancela.

Sujeto pasivo: Es el deudor que cancela la hipoteca, o la persona que solicita la cancelación (que normalmente es el titular del bien hipotecado).

Modelo 600

Modelo 600: Cancelación de hipoteca

Pasos a realizar:

  • Rellenar el modelo 600 y proceder al pago (en caso de no estar exento) en una entidad financiera colaboradora.
  • Entregar en Hacienda Foral de Bizkaia en Bilbao o en las oficinas liquidadoras del Registro hipotecario (Lugar de presentación) el modelo relleno (con la acreditación del pago realizado) y la siguiente documentación:
    • Original y fotocopia del documento público de cancelación.
    • Fotocopia del NIF de las personas intervinientes, si no son residentes en Bizkaia.

Plazo de presentación: La autoliquidación, junto con los documentos, se presentará en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se realice el acto o contrato.

Enlaces:

Obligatoriedad telemática

Obligatoriedad telemática:

  • En virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Única, apartado uno, del Decreto Foral 100/2020, de 24 de noviembre de la DFB, por el que se modifica el Reglamento de Gestión de los Tributos del T.H.B., en materia de Administración electrónica, las gestorías y notarías se encuentran obligadas, para documentos póliza y escrituras públicas y respecto a hechos imponibles devengados a partir del 1 de enero de 2021, a la presentación por vía telemática del modelo 600 del Impuesto de TP y AJD.
  • Asimismo, será obligatoria la presentación telemática de los contratos de préstamos entre particulares (tras identificarse en el apartado "Giltza" accederá directamente a la página donde puede realizar el trámite)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

RECUERDE QUE TIENE QUE TRAER MODELO 600 CUMPLIMENTADO Y APORTAR COPIA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
  • Original y fotocopia del documento público de cancelación
  • Fotocopia del NIF de las/los intervinientes, si no son residentes en Bizkaia.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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