Ejemplo: En el ejemplo propuesto en el 2015, Iker y su cónyuge compraron al 50% su vivienda habitual, con un valor de 250.000€. Para su financiación solicitaron un préstamo de 200.000€, por el cual, han pagado 8.000€ de amortización y 3.000€ de intereses.
Al tener cada cónyuge la plena propiedad del 50% de la vivienda habitual y el 50% de participación en el préstamo, cada uno de los cónyuges podrá aplicarse la deducción por el 50% de las cantidades pagadas en concepto de amortización e intereses.
- Amortización: 8.000€ x 50% = 4.000€
- Intereses: 3.000€ x 50% = 1.500€