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Concepto y casuística variada
Concepto y tipos de refinanciación
La refinanciación es renegociar los términos de una deuda existente para obtener condiciones más favorables, como bajar la tasa de interés, extender el plazo de pago, o unificar varias deudas en una sola cuota más manejable, adaptando el préstamo a una situación financiera actual más cómoda y reduciendo la carga mensual.

Tipos de refinanciación:
  • Con la misma entidad (Novación): implica la modificación o reemplazo del contrato de préstamo original por uno nuevo con la misma entidad financiera, pero con diferentes condiciones. 
  • Cambio de entidad (Subrogación): Se busca otra financiera que ofrezca mejores condiciones, manteniendo la vigencia del préstamo original.
  • Cancelación y Apertura: Extinción de la deuda anterior mediante la formalización de un nuevo préstamo, que puede ser de mismo importe que el saldo pendiente de amortizar del préstamo original o mayor, en cuyo caso el nuevo préstamo sería deducible en un porcentaje inferior al 100%. 
Cancelación del préstamo que financió la vivienda habitual mediante otro en condiciones más ventajosas con otra entidad.

La cancelación de un préstamo y su sustitución por otro (contratado con la misma u otra entidad financiera), normalmente en condiciones más ventajosas, cancelando el primero, no imposibilita que se puedan seguir deduciendo las cantidades amortizadas y los pagos por intereses del nuevo préstamo.

Cancelación del préstamo que financió la vivienda habitual, deducible parcialmente, mediante otro. Cálculo el nuevo porcentaje de deducción
Supongamos que el préstamo era deducible al 80%. Primero hay que comparar el nominal del préstamo nuevo con el saldo deducible (sólo es deducible el 80%) pendiente del antiguo en la fecha de la refinanciación. Si el 1º (el nominl del nuevo) fuera mayor al 2º, entonces el nuevo préstamo sería deducible en la proporción de dividir el saldo deducible pendiente del préstamo antiguo entre el principal del préstamo nuevo. Si fuera menor, sería deducible al 100%. Los gastos de refinanciación serían plenamente deducibles.

Ejemplo: Préstamo antiguo de nominal 150.000 € deducible en un 80% del que, a fecha de refinanciacón, quedaba un saldo pendiente de 100.000 €. Si el nominal del nuevo préstamo fuera de 120.000 €, este nuevo préstamo sería deducible en un 66,67% (80% de 100.000 / 120.000)
Cancelación de préstamo hipotecario con otro entre particulares
Si se cancela un préstamo para abrir otro, en este caso entre particulares, la deducción se trasladaría al nuevo préstamo. El nuevo será deducible al 100% si lo que se solicita es igual o menor que el saldo pendiente del hipotecario a la fecha de cancelación. El porcentaje será inferior si lo solicitado es mayor.
Porcentaje deducible, límites y restricción
Menores de 36 años
  • Porcentaje deducible 23%
  • Límite de la deducción: 1.955 € (equivalente a una inversión de 8.500 €).
  • Si se opta por declaración conjunta y uno tiene derecho al tipo incrementado y otro no, se aplicará el tipo incrementado al total invertido.
Familias numerosas, monoparentales, víctimas de violencia de género o que tengan a acogido un menor por ese motivo o personas con discapacidad mayor o igual al 65% o dependientes y convivientes de éstas últimas
  • Porcentaje deducible: 23%
  • Límite de la deducción: 1.955 € (equivalente a una inversión de 8.500 €). 
  • Si se opta por declaración conjunta y uno tiene derecho al tipo incrementado y otro no, se aplicará el tipo incrementado al total invertido.
  • Podrán aplicar el tipo incrementado (además de los menores de 36 años) las siguientes personas:
    • Las que sean titulares de familia numerosa.
    • Las que formen parte de una unidad familiar a la que se refieren las letras B) y C) del artículo 98.1 de la Norma Foral 13/2013:
      • Cuando exista solo una persona progenitora (junto a los hijos e hijas menores o mayores sujetas a curatela con facultades de representación o acogidos de forma permanente)
      • Aquella formada por la persona o personas contribuyentes junto con las personas mencionadas en el punto anterior cuya custodia le haya sido atribuida por razón de violencia doméstica o de género acreditada.
    • Las que tengan reconocida una discapacidad con un grado igual o superior al 65 % o tengan reconocidos alguno de los grados de dependencia, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, así como quienes convivan con los anteriores,
    • Las que tengan la consideración de víctimas de violencia doméstica o de género acreditada en los términos que reglamentariamente se establezcan.
Resto de supuestos
  • Porcentaje deducible 18%
  • Límite de la deducción: 1.530 € (equivalente a una inversión de 8.500 €).
Restricción por base liquidable (para viviendas adquiridas a partir del 01-01-2026)
  • No se podrá aplicar la deducción por la adquisición, asimilado a adquisición (rehabilitación, pagos a cuenta, ampliación, obras...) o alquiler de la vivienda si la persona contribuyente tiene una base liquidable general o, en su caso, una base liquidable del ahorro, iguales o superiores a 68.000 euros.
  • No obstante, si tenía abierta y deducida una cuenta vivienda y/o había hecho y deducido un pago a cuenta de la vivienda en construcción con anterioridad al 01-01-2026, se conserva la posibilidad de deducir los pagos a cuenta y la adquisición de la vivienda indiferentemente de la base liquidable que se tenga.

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

Incidencias o dudas más habituales
Si has solicitado un préstamo nuevo para pagar o sustituir otro préstamo de vivienda de años anteriores, debes actualizar esta información en tu declaración.

¿Qué tienes que hacer?
  • Entra en la pantalla “Inversión en vivienda”.
  • Selecciona la clave “Refinanciación”.
  • Modifica los datos del préstamo para que coincidan con la nueva información.
¿Qué debo hacer si he refinanciado mi hipoteca para agrupar otros gastos?
  1. Accede al apartado correspondiente a tu vivienda. Escribe INVERSIÓN EN VIVIENDA en el buscador.
  2. Verifica el registro del préstamo de la antigua entidad financiera; comprobando que se recogen los pagos realizados hasta la fecha de cancelación.
  3. Calcula el importe de Saldo refinanciado
  4. Modifica el segundo registro, el que corresponde al nuevo préstamo con la clave “Refinanciación”.

Vamos a verlo con un ejemplo: Ane compró su casa en 2015 por 250.000 €. En marzo, decidió cambiar de banco para mejorar intereses y, de paso, pidió dinero extra para adquirir un coche. 
  • Préstamo antiguo:
    • Saldo pendiente del préstamo original: 150.000 € (esto es lo destinado a la vivienda).
    • Capital amortizado-previa a la cancelación:  5.000 € y 1.250 € de intereses.
  • Nuevo préstamo:
    • Capital solicitado: 175.000 € (150.000 € para la casa + 25.000 € para el coche).
    • Capital amortizado e intereses:  4.000 € y 1.000 € de intereses.
Antes de incorporar los datos en el borrador de Renta, es necesario calcular:
  • Saldo de Refinanciación: Saldo 01-01 del préstamo original – Capital Amortización del préstamo original= 150.000 € – 5.000 € = 145.000 €
A continuación, te explicamos cómo debes introducir esta información en tu borrador de Renta.
  1. Accede al apartado correspondiente a tu vivienda. Escribe INVERSIÓN EN VIVIENDA en el buscador.
  2. Localiza el registro del préstamo original; pulsa sobre los “tres puntos” de la columna “Acciones” y en “Editar”. 
    1. Apunta el importe de “Saldo 01-01/Saldo refinanciación”. En el ejemplo: 150.000 €, corresponde a la capital pendiente de amortizar del préstamo original al 1 de enero.
    2. Verifica que los importes de las casillas “Amortización préstamo” e “Intereses préstamo” son correctos.  Apunta el importe de “Amortización préstamo”.captura de pantalla indicativa de las casillas de las cuales obtener el dato
  3. Calcula el importe de Saldo refinanciado: Saldo refinanciado = Saldo 01-01 del préstamo original - Amortización préstamo del este ejercicio = 150.000 – 5.000 = 145.000 €.
  4. Localiza el registro del nuevo préstamo:
    1. Modifica la clave por “Refinanciación”.
    2. Saldo 01-01/Saldo refinanciación: escribe el valor calculado; 145.000 €.  Con este dato aportado, el programa calcular el porcentaje deducible del nuevo préstamo (%82.86). 
    3. Verifica que los importes amortizados de este préstamo y los intereses son correctos. En estas casillas deben recogerse, los importes totales. El programa aplicará la proporción deducible.captura de pantalla indicativa de las casillas a tener en cuenta para el prestamo refinanciado
  5. Guarda la información

El siguiente vídeo corresponde a otro ejercicio distinto, pero es válido En el video se explica como añadir los dos registros, como aportar toda la información del préstamo original y del refinanciado. 
 

 
Documentación necesaria
  • Justificante bancario del préstamo antiguo en el que se acredite estos dos conceptos:
    • Cantidades amortizadas e intereses abonados en concepto de cuotas ordinarias del préstamo hasta la fecha de refinanciación.
    • Fecha de cancelación de préstamo y saldo pendiente de amortizar a fecha de refinanciación.
  • En caso de no constar en la información fiscal: Escrituras del nuevo préstamo utilizado para refinanciar el antiguo y justificante bancario de las cuotas (amortización e intereses) pagadas en el ejercicio.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y, en su caso, modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado tienes el botón de ayuda.
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación:

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el botón superior "Mis Gestiones" y entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar".
  7. Selecciona el archivo: comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y comprobar los datos.
  3. Elige el tipo de declaración: individual o conjunta. Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa “Presentar” y verifica que la cuenta bancaria y el domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante (resguardo de presentación).

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial (individual o conjunta), selecciona Datos fiscales, datos declarados y cálculos. Se abrirá un cuadro y podrás ver la simulación en una nueva pestaña para visualizar, guardar o imprimir.

Verás tu declaración completa y todos los conceptos, así como los cálculos internos (bases, cuotas...). Además, podrás ver el detalle de cada apartado pinchando en los elementos subrayados.


A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacer un seguimiento al expediente o descargar la declaración presentada, se deberá acudir a la sede electrónica y acceder a MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás ver un cronograma de actuaciones, la documentación adjunta y, si es necesario, iniciar nuevos trámites.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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