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  • Si tienes cónyuge o pareja de hecho:
    • Es conveniente que aportes su CLAVE DE REPRESENTACIÓN. 
    • Sin dicha clave solo podrás presentar tu declaración individual. No podrás acceder a los datos de tu cónyuge ni optar por la tributación conjunta
¿Qué información necesitas?

Acude a la oficina con los documentos que acrediten los cambios que vas a realizar en tu borrador para que puedan verificarse.
Has vendido un inmueble
  • Datos relativos a la ADQUISICION del inmueble que vendes:
    • Titularidad, Valor y fecha de adquisición
    • Documentación para acreditar los datos si no constan o deseas modificarlos.
    • Escritura a de compra y gastos relativos a la adquisición, tales como, impuestos, gastos de notario relativos a la adquisición y financiación, gastos de tasación, etc.
RECUERDA: No puedes acceder al servicio de cita previa si el inmueble que has vendido ha sido adquirido por herencia o donación.
  • ​​​​​​​Datos relativos a la VENTA
    • Escritura de venta si no consta el importe de la venta en tus datos fiscales y gastos relativos a la misma (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana (antigua plusvalía municipal), comisión de venta (factura conformada de la inmobiliaria), gastos relacionados con la cancelación de la hipoteca del Inmueble transmitido.
    • Documentación para acreditar los datos si no constan o deseas modificarlos.
    • Titularidad, valor y fecha de transmisión del inmueble que vendes:
Has vendido acciones
  • Datos relativos a la ADQUISICIÓN de las acciones
    • Fechas y valores de adquisición, porcentaje de titularidad
    • Documentación para acreditar los datos si no constan o deseas modificarlos.
      • Justificante de la entidad depositaria, en el que se indique tanto los importes como fechas de adquisición y de transmisión de los valores
      • Valor a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, si se adquirieron por donación o herencia.
RECUERDA: No puedes acceder al servicio de cita previa si has tenido más de 5 operaciones y/o el importe global de ventas en el ejercicio al que corresponde la declaración supera los 10.000 euros. Quedan excluidas también las operaciones con criptomonedas, warrants, futuros y contratos.
  • ¿Y si no puedes acreditar el valor y la fecha de los títulos?
    • Opcionalmente, cuando el valor de transmisión del conjunto de los valores transmitidos sea inferior a 10.000 euros en cada ejercicio, para el cálculo de la ganancia patrimonial puede aplicar un gravamen especial del 3% sobre el valor de transmisión (sin necesidad de indicar el valor de adquisición o su fecha)
Más información sobre transmisión de acciones y otros valores
Has tenido un inmueble arrendado
  • Alquiler de una vivienda habitual:
    • Datos relativos a la vivienda que alquilas
    • Datos del inquilino, dirección del inmueble arrendado, importe anual del alquiler.
    • Documentación para acreditar los datos si no constan o deseas modificarlos:
      • Solo debes aportar, en su caso, justificante de los intereses de capitales ajenos (préstamos) invertidos en la adquisición del inmueble
  • Alquiler de otros tipos de inmuebles (locales, terrenos...):
    • Datos relativos a otros inmuebles que alquilas (locales, viviendas de veraneo o de temporada,  terrenos…)
    • Datos del inquilino, dirección del inmueble arrendado, importe anual del alquiler, gastos deducibles, rebajas de alquiler….
    • Documentación para acreditar los datos si no constan o deseas modificarlos:
      • Gastos necesarios para la obtención del rendimiento, tales como, cuota del IBI, primas del seguro del local, intereses del préstamo solicitado para financiar la compra del inmueble, facturas relativas a obras de rehabilitación o mejora de los inmuebles arrendados, escritura o documento acreditativo del coste de adquisición para el cálculo del gasto de amortización, acuerdo de rebaja de alquiler (en su caso)
      • Los gastos, en general, solo son deducibles en la medida en que el inmueble permanezca arrendado (por ejemplo: tres meses arrendados, se aceptarían tres meses de intereses).
RECUERDA: No puedes acceder al servicio de cita previa si tienes arrendamientos de más de 2 inmuebles o son  arrendamientos turísticos.

Información completa
 
Atrasos o impagos de trabajo
Atrasos o impagos de trabajo
  • Impagos
    • Reclamaciones judiciales a la empresa por los importes adeudados, nóminas, escrito de la empresa reconociendo las cantidades impagadas.
  • Atrasos reconocidos por sentencia judicial
    • Justificante de las cantidades percibidas.
    • Sentencia judicial que reconoce el derecho a percibir esos ingresos.
  • Cobro de atrasos del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
    • Resolución judicial del reconocimiento de las cantidades adeudadas con la declaración de la responsabilidad subsidiaria del FOGASA.
    • Expediente del FOGASA reconociendo el derecho a percibir los importes.
  • Cobro de atrasos que no se cobraron por falta de tesorería
    • 10T con las imputaciones anuales o un escrito de la empresa donde se desglosen las cantidades por ejercicios.
  • Reconocimiento en en el ejercicio al que corresponde la declaración del derecho a cobrar unos atrasos de años anteriores
    • Documentos que acrediten a qué ejercicios corresponden las cantidades cobradas: 10T con las imputaciones anuales o un escrito de la empresa donde se desglosen las cantidades por ejercicios.
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Compra vivienda en el ejercicio
  • Datos relativos a la vivienda que adquieres
    • Número fijo, fecha de adquisición, % titularidad, valor de adquisición, nominal del préstamo, fecha de concesión, importes correspondientes al nominal e intereses y amortización pagadas en el ejercicio.
  • Documentación para acreditar los datos si no constan o deseas modificarlos.
    • Escritura pública de compra
    • Gastos notariales, impuestos pagados en la adquisición (IVA o ITP y AJD) y los gastos de registro de la vivienda. Estos datos normalmente constan en la factura (o facturas) de la notaría (aporta la factura final no la provisión de fondos inicial)
    • Documentación que acredite los demás gastos inherentes a la adquisición o financiación de la vivienda, tales como comisión de apertura del préstamo, tasación, etc.).

Más información relacionada con la deducción por inversión en vivienda
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946 125 500
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