Se debe indicar la amortización del ejercicio en el capítulo de bienes afectos o de inversión en la casilla correspondiente. En todos los casos debes rellenar el porcentaje de afectación, el valor de amortización inicial y el sistema de amortización (por tablas, amortización conjunta libertad de amortización y otros).
2. Registrar la factura en el capítulo de gastos y facturas.
Ejemplo de alta de gasto de 100.000€ correspondiente a la compra del local de (10% de IVA por ser 1º entrega a efectos de IVA)
Siendo una
actividad exenta de IVA: no puede deducirse IVA, el gasto incluirá el IVA (110.000€) y el bien se incluirá como bien solo afecto a IRPF (no se clicará en "Bien de inversión IVA" al estar la actividad exenta de IVA).
Una vez registrados los datos, pulsar en AÑADIR; se rellena automáticamente la casilla "Importe total factura". Finalmente, pulsamos GUARDAR.
3) Registro de amortización:
- Si estás en Estimación Directa simplificada en IRPF: no debes hacer anotación alguna por la amortización.
- Si estás en Estimación Directa normal en IRPF: al finalizar el ejercicio debes anotar la dotación a la amortización del ejericicio en el capítulo de gastos y facturas recibidas. En nuestro ejemplo:
- Se calculará los días correspondientes hasta el 31 de diciembre, siendo en este ejemplo desde el 02/05/2024 hasta el 31/12/2024, 242 días. El cálculo sería el siguiente: (40.700X242/365)*3%= 809,54€ (Siendo el 3% el coeficiente máximo en tablas).
- En el libro-registro del ejercicio siguiente (2025), puedes consultar la amortización acumulada a 31 de diciembre del ejercicio anterior (2024) en el capítulo de bienes afectos o de inversión seleccionando el detalle del bien. En este caso como es el primer ejercicio la cantidad amortizada será 809,54€.
El importe 40.700€ es el valor amortizable inicial, que corresponde al 37% de 110.000€ (precio de compra del local más el 10% de IVA)