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En el Decreto Foral 205/2008 de 22 de diciembre, se establecen una serie de obligaciones formales que se deben cumplimentar mediante los apartados de este capítulo. 

Para acceder a este capítulo, dentro del LROE, pulse la pestaña correspondiente:

 
A continuación, se detallan los apartados que debe cumplimentar.
Método de estimación y variación de existencias
En este apartado, debe registrar la variación de existencias de cada actividad económica desarrollada, indicando la valoración de las existencias iniciales y finales.

Una vez se encuentre en el capítulo "Otra información con trascendencia tributaria", pulse en la pestaña "Método de estimación y variación de existencias", y pulse el botón "Añadir método estimación/variación existencias".
Cumplimente los diferentes campos que aparecen: actividad a la que se afectan las existencias, el método de estimación que corresponde según el IRPF (método de estimación directa normal o simplificada), así como las existencias iniciales y finales. En caso de que no se tuviesen existencias iniciales o finales, rellenar con 0.
Finalmente, pulse guardar.
Arrendamiento de locales de negocio
El apartado "Arrendamientos de locales de negocios", solo debe ser rellenado por el arrendador cuando se tenga la actividad económica de arrendamiento de inmuebles a efectos de IRPF y los rendimientos no estén sujetos a retención. En este caso, el arrendador debe rellenar los datos relativos al inmueble y el arrendatario.

Una vez se encuentre en el capítulo "Otra información con trascendencia tributaria", pulse en la pestaña "Arrendamiento de locales de negocio", y pulse el botón "Añadir nuevo arrendamiento de locales de negocio".

 Se debe consignar la identificación de los arrendatarios y arrendatarias, así como las referencias catastrales o números fijos y los datos necesarios para la localización de los inmuebles arrendados y la cantidad trimestral percibida. Finalmente, pulse guardar.
Transmisión de inmuebles sujetas a IVA
En este apartado, se deben señalar las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de inmuebles, si constituyen entregas sujetas en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Una vez se encuentre en el capítulo "Otra información con trascendencia tributaria", pulse la pestaña "Transmisión de inmuebles sujetas a IVA" y el botón "Añadir nueva transmisión de inmuebles sujetas a IVA".
Cumplimente los datos del comprador, así como el importe abonado en el trimestre correspondiente. En caso de que haya trimestres sin importe, indique la cantidad 0. Finalmente, pulse guardar.
Importe superior a 6.000 euros percibidos en metálico
En este apartado debe señalar los importes superiores a 6.000 euros percibidos en metálico durante el ejercicio de una misma persona o entidad.

Una vez se encuentre en el capítulo "Otra información con trascendencia tributaria", pulse en la pestaña "Importe superior a 6.000 euros percibidos en metálico", y pulse el botón "Añadir nuevo importe superior a 6.000 euros percibidos en metálico".
Cumplimente los datos del comprador, así como el importe recibido en el trimestre correspondiente. En caso de que haya trimestres sin importe, indique la cantidad 0. Finalmente, pulse Guardar.

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