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Deducciones aplicables en las declaraciones de renta del ejercicio 2025 y siguientes
Deducción por contratación de personas para cuidado de menores y personas con discapacidad o dependencia
Personas por las que se puede deducir

Se establece una deducción para quienes realicen pagos por la contratación indefinida de personas trabajadoras afiliadas al Sistema Especial para Empleados de Hogar, destinadas al cuidado de:

  • Menores de 12 años, descendientes, adoptados, acogidos o tutelados del contribuyente, siempre que cumplan los requisitos de convivencia y renta necesarios para la aplicación de la deducción por descendientes
  • Personas con discapacidad igual o superior al 65% o reconocidas en situación de dependencia, incluyendo descendientes, adoptados, acogidos, ascendientes en línea directa por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado, que también cumplan los requisitos de convivencia y renta necesarios para la aplicación de la deducción por descendientes o ascendientes, en su caso.
  • El contribuyente, su cónyuge o pareja de hecho, siempre que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 65% o dependencia en cualquiera de sus grados.
Importe y requisitos
La deducción general será de 250 euros por periodo impositivo y aumentará a 500 euros si la persona contratada es profesional en el cuidado de personas con una discapacidad igual o superior al 65% o dependencia. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se prorrateará por partes iguales.

Requisitos:
  • Al menos uno de los o las contribuyentes que efectúe los pagos y haya contratado a la persona cuidadora deberá estar dado de alta en la Seguridad Social como empleador del hogar familiar y realizar actividades laborales o económicas que generen ingresos en el ejercicio, salvo que tenga reconocido algún grado de discapacidad o dependencia con derecho a deducción. 
  • La contratación se podrá realizar de forma indirecta a través de empresas que proporcionan asistencia y cuidado de personas en el hogar.
  • El contrato ha de ser de carácter indefinido y la duración mínima del contrato, en el año que se efectue la contratación o en el año que se extinga, deberá ser de 183 días.

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Incidencias o dudas más habituales
Contratación de personal de cuidados
¿Qué requisitos debe cumplir la persona contribuyente y empleadora?

Para poder aplicar la deducción, debes cumplir lo siguiente:
  • Debes estar dado de alta en la Seguridad Social como empleador o empleadora de hogar familiar.
  • Debes realizar actividades laborales o económicas que generen ingresos durante el ejercicio.
    • Si tienes reconocido un grado de discapacidad o dependencia con derecho a deducción, no es necesario que generes ingresos para aplicarla.
¿Qué requisitos debe cumplir el contrato?
El contrato de la persona cuidadora debe cumplir estas condiciones:
  • Contrato indefinido.
  • Duración mínima de 183 días dentro del ejercicio fiscal (se aplica tanto en el año de inicio como en el de finalización).
  • La persona empleada debe estar afiliada al Sistema Especial para Empleados de Hogar.
¿Cómo puedes aplicar la deducción?
  1. Verifica que la persona menor o con discapacidad/dependencia está incluida: Entra en el apartado “Datos personales y familiares” y confirma que se ha incorporado correctamente la persona que necesita cuidados.
  2. Accede a la deducción: Desde la pantalla inicial de Renta Web, pulsa en:
    • Añadir concepto → Deducción por contratación de personal de cuidados
  3. Aporta la información requerida. Deberás indicar:
    • NIF y datos identificativos de la persona cuidadora.
    • Número de días anuales de relación laboral con el empleador.
    • Salario del personal de cuidado, es decir, las retribuciones íntegras devengadas durante el ejercicio.
    • Salario asumido por el declarante, es decir, la parte del gasto que tú has pagado efectivamente.
  4. Guarda los cambios: Pulsa en “Guardar”.
El sistema aplicará automáticamente la deducción de 250 €, siempre que se cumplan todos los requisitos.

Vamos a verlo con un ejemplo: Ane trabaja por cuenta ajena y tiene una hija de 5 años con su pareja, Joseba. Para conciliar, el 1 de marzo contrata de forma indefinida a una persona cuidadora, Mikel, y lo da de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar. El 31 de diciembre, el contrato sigue activo.
  1. Verificar datos familiares: Ane entra en el apartado “Datos personales y familiares” y confirma que su hija aparece como persona relacionada y que conviven.
  2. Añadir el concepto: Ane selecciona “Deducción por contratación de personal de cuidados”.
  3. Cumplimentar la pantalla: Aporta los siguientes datos:
    • Datos del cuidador: Mikel Sagasti.
    • Días de relación laboral: 306 días (del 01/03/2025 al 31/12/2025).
    • Salario del personal de cuidado: 
      • Cálculo: 1.167 €/mes × 10 meses = 11.670 €
      • Ane escribe 11.670,00 € en la casilla correspondiente.
    • Salario asumido por el declarante:
      • Como Ane comparte el gasto con Joseba, introduce el 50 % del salario total:
      1. 11.670 € × 50 % = 5.835 €captura de pantalla indicativa de las casillas qn las que aportar datos para aplicarse correctamente la deduccion por contratacion de una persona cuidadora
¿Quién puede aplicar la deducción por contratación de personal de cuidados?
Si la persona a cuidar, es;
  • Menor
    • Convivas con uno o varios menores de 12 años,
    • Que sean descendientes, adoptados, acogidos o tutelados,
    • Y cumplan los requisitos de convivencia y renta que dan derecho a la deducción por descendientes del artículo 79 de la Norma Foral.
  • Una persona con discapacidad o dependencia
    • Convivas con:
      • Descendientes, adoptados, acogidos o tutelados
      • Ascendientes en línea directa, por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta segundo grado.
    • La persona que cuidar:
      • Tenga una discapacidad igual o superior al 65 %,
      • o Tenga reconocida la situación de dependencia en cualquiera de sus grados, según el Real Decreto 174/2011.
    • además de los requisitos de convivencia y renta que permiten aplicar la deducción por descendientes o ascendientes (artículos 79 y 81 de la Norma Foral).
  • Cónyuge o pareja de hecho
    • Tener reconocido alguno de los grados de discapacidad o dependencia indicados en el apartado anterior.
Documentación necesaria
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia:
  • Contrato laboral indefinido en el sistema especial para empleados del hogar
  • Contrato con la empresa suministradora de servicios de asitencia y cuidado personal en el hogar
  • En el caso de optar por la deducción incrementada, por ser la persona cuidadora profesional del cuidado de las personas: titulación que lo acredite (ARt. 66bis DF 47/2014)
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
 


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
  3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
 

Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

 

A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
Para información llámenos
946 125 500
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