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¿Qué requisitos se deben cumplir para poder aplicar la deducción por descendientes?
El descendiente debe convivir con el ascendiente y además cumplir una serie de requisitos a 31 de diciembre de cada año o a fecha de fallecimiento si fuera anterior.
  • Tener menos de 30 años salvo que el descendiente origine el derecho a la deducción por discapacidad o dependencia.​
  • Tener rentas anuales inferiores al salario mínimo interprofesional​.
  • No presentar ni estar obligado a presentar declaración de renta. 
¿Qué porcentaje de deducción debe aplicar cada progenitor por sus descendientes?
Si los descendientes conviven con varios ascendientes del mismo grado, se aplicará la deducción por partes iguales (al 50%).

En los supuestos en que, por decisión judicial se esté obligado al mantenimiento económico de los descendientes, la deducción se practicará por mitades en la declaración de cada progenitor. 

Se aplicará la deducción en su integridad (100%), cuando el descendiente tenga un solo progenitor/a, bien porqué en el Registro Civil figure uno solo o bien porqué uno de ellos haya fallecido.

 
Hijos nacidos durante el año. ¿Se debe prorratear la deducción por descendientes?
Se podrá deducir el importe completo que corresponda, con independencia del mes en que haya nacido, sin ningún tipo de prorrateo.
Además de la propia deducción por descendientes, será de aplicación la deducción complementaría por menores de seis años.  
¿Qué puedo hacer si las casillas "% de Deducción por descendiente" están bloqueadas (color gris)?

En casos de unidades familiares biparentales (matrimonios o parejas de hecho), para poder modificar las casillas "% de Deducción por descendiente" es necesario introducir la clave de representación del cónyuge o pareja de hecho. 

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2025.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

Estos datos los puedes editar en el menú DATOS PERSONALES Y FAMILIARES. Para ello deberás seleccionar el botón PERSONAS RELACIONADAS. Si lo que quieres es MODIFICAR los datos de tus descendientes deberás seleccionar el botón EDITAR DATOS DE PERSONA y si lo que quieres es AÑADIR descendientes deberás pulsar en AÑADIR PERSONA RELACIONADA.
 

Documentación necesaria
  • Fotocopia del libro de familia o certificado equivalente.
  • Certificado de adopción (en su caso) si no se ha aportado en ejercicios anteriores.​
  • En caso de separación, divorcio…:  se admitirá el 100% a uno de ellos siempre que se incumpla con el pago de anualidades por alimentos y se aporte demanda por impago o declaración jurada en la cual se indique que no hay contribución al mantenimiento.​
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
¿CÓMO APORTAR LOS DATOS...
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