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¿Qué requisitos se deben cumplir para poder aplicar la deducción por descendientes y cómo se aplica?
Requisitos (art.  NF 13/2013)
  • Edad inferior a 30 años: Deben tener menos de 30 años a la fecha de devengo del impuesto, excepto en el supuesto de aquellos descendientes que dan derecho a la deducción por discapacidad.
  • Asimilados a descendientes: También se consideran descendientes las personas bajo tutela o acogimiento permanente o guarda con fines de adopción formalizado ante la entidad pública competente.
  • Rentas Anuales inferiores al SMI: Deben tener rentas anuales (sin incluir las exentas) inferiores al Salario Mínimo Interprofesional o si forman parte de otra unidad familiar ninguno de sus miembros debe superar ese importe.
  • Por renta debe entenderse, no solo los rendimientos de trabajo sino también los rendimientos de actividades económicas, los rendimientos de capital, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta.
  • No presentación de declaración IRPF: Los descendientes sobre los que se pretende la deducción no deben presentar declaración ni estar obligados a presentarla en el periodo en cuestión.
  • Convivencia con varios ascendientes:
    • Si conviven con varios ascendientes del mismo grado → deducción al 50%. 
    • Si conviven con ascendientes de distinto grado → la deducción corresponde al grado más próximo, salvo que estos no superen el SMI (sin incluir rentas exentas); en ese caso, pasa al grado más lejano.
Porcentaje de deducción por progenitor:
  • En convivencia con ambos progenitores o custodia compartida → 50% cada uno.
  • Si uno tiene la guarda y custodia y el otro paga pensión alimenticia → se entiende que ambos contribuyen económicamente → 50% cada uno.
  • Si existe un solo progenitor (por fallecimiento o porque solo conste uno en el Registro Civil) → 100%.
  • Si la obligación de mantenimiento económico recae exclusivamente en un progenitor por decisión judicial → 100%.
  • Si hay impago de anualidades por alimentos, el otro progenitor podrá aplicar el 100% si acredita el impago.
¿Qué porcentaje de deducción debe aplicar cada progenitor por sus descendientes?
Si los descendientes conviven con varios ascendientes del mismo grado, se aplicará la deducción por partes iguales (al 50%).

En los supuestos en que, por decisión judicial se esté obligado al mantenimiento económico de los descendientes de forma exclusiva la deducción se practicará al 100%, si ambos progenitores contribuyen por decisión judicial al mantenimiento económico la deducción se practicará por mitades en la declaración de cada progenitor. 

Se aplicará la deducción en su integridad (100%), cuando el descendiente tenga un solo progenitor/a, bien porqué en el Registro Civil figure uno solo o bien porqué uno de ellos haya fallecido.

 
Hijos nacidos durante el año. ¿Se debe prorratear la deducción por descendientes?
Se podrá deducir el importe completo que corresponda, con independencia del mes en que haya nacido, sin ningún tipo de prorrateo.
Además de la propia deducción por descendientes, será de aplicación la deducción complementaría por menores de seis años.  
Las casillas "% de Deducción por descendiente" aparecen en color gris y no puedo editarlas
¿Por qué no puedo editar estas casillas?
En las unidades familiares bi parentales (matrimonios o parejas de hecho), algunas casillas aparecen bloqueadas por seguridad. Esto garantiza que los datos sean coherentes entre ambos miembros de la pareja.

¿Cómo puedo habilitar la edición?
Para modificar los porcentajes de deducción de los descendientes comunes, sigue estos pasos:
  1. Introduce la Clave de Representación del cónyuge o pareja de hecho en el sistema.
  2. Una vez validada la clave, el aplicativo permitirá editar las casillas bloqueadas.
  3. Podrás ajustar los porcentajes de deducción según corresponda.

 

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

Estos datos los puedes editar en el menú DATOS PERSONALES Y FAMILIARES. Para ello deberás seleccionar el botón PERSONAS RELACIONADAS. Si lo que quieres es MODIFICAR los datos de tus descendientes deberás seleccionar el botón EDITAR DATOS DE PERSONA y si lo que quieres es AÑADIR descendientes deberás pulsar en AÑADIR PERSONA RELACIONADA.
 

Documentación necesaria
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
  • Fotocopia del libro de familia o certificado equivalente.
  • Certificado de adopción (en su caso) si no se ha aportado en ejercicios anteriores.​
  • En caso de separación, divorcio…:  se presume que ambos progenitores mantienen economicamente a los descendientes, por lo que cada uno tendrá derecho aplicar un 50% de la deducción, salvo prueba en contrario.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y, en su caso, modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado tienes el botón de ayuda.
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación:

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el botón superior "Mis Gestiones" y entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar".
  7. Selecciona el archivo: comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y comprobar los datos.
  3. Elige el tipo de declaración: individual o conjunta. Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa “Presentar” y verifica que la cuenta bancaria y el domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante (resguardo de presentación).

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial (individual o conjunta), selecciona Datos fiscales, datos declarados y cálculos. Se abrirá un cuadro y podrás ver la simulación en una nueva pestaña para visualizar, guardar o imprimir.

Verás tu declaración completa y todos los conceptos, así como los cálculos internos (bases, cuotas...). Además, podrás ver el detalle de cada apartado pinchando en los elementos subrayados.


A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacer un seguimiento al expediente o descargar la declaración presentada, se deberá acudir a la sede electrónica y acceder a MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás ver un cronograma de actuaciones, la documentación adjunta y, si es necesario, iniciar nuevos trámites.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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