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Estoy casado en el régimen económico de comunicación foral y, junto con mi mujer, tengo varios productos financieros. ¿Quién debe declararlo en la renta?
Estoy casado en el régimen económico de comunicación foral y, junto con mi mujer, tengo una cuenta de ahorro y unos bonos. Además, tengo unas acciones que adquirí por herencia de mi padre y he rescatado un plan de ahorro/jubilación del que yo era tomador, asegurado y beneficiario. ¿Quién debe declararlo en la renta?

Los rendimientos de capital se atribuyen a los contribuyentes que sean titulares de los elementos patrimoniales, bienes o derechos de los que provengan dichos rendimientos (teniendo en cuenta las normas sobre titularidad jurídica aplicables en cada caso y en función de las pruebas aportadas por aquéllos; serán de aplicación las normas sobre titularidad jurídica de los bienes y derechos contenidas en las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio o de la pareja de hecho, así como en los preceptos de la legislación civil aplicables en cada caso a las relaciones patrimoniales entre los miembros de la familia).
En el presente caso, los rendimientos de la cuenta de ahorro, del plan de ahorro (es un seguro) y de los bonos se atribuirán al 50% a cada cónyuge. Los rendimientos de las acciones (se trata de un bien privativo, al haber sido adquirido por herencia) se atribuirá al titular del mismo al 100%.
He comprado Letras del Tesoro, ¿Cómo tengo que declararlas y cuándo deben declararse, en el año de la suscripción o en el de amortización?
Las Letras del Tesoro son valores de deuda pública emitidos al descuento, cuyo rendimiento debe imputarse al ejercicio en que se produzca su transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión. El importe del rendimiento sujeto a gravamen vendrá dado por la diferencia existente entre el valor de transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de las Letras, y su valor de adquisición o suscripción.

A estos efectos, los gastos y comisiones accesorios a la adquisición y/o enajenación abonados por el contribuyente se restan del rendimiento bruto por él obtenido, siempre y cuando se justifiquen adecuadamente. Finalmente, cabe señalar que el rendimiento (de capital mobiliario) derivado de las Letras del Tesoro se encuentra exento de retención (pero no de gravamen).
¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?
En el apartado "Letras del Tesoro" se reflejan los datos correspondientes a los rendimientos de letras del tesoro.
 
Documentación necesaria
Si existen discrepancias con los datos que aparecen en tu borrador de renta, podrás cambiarlos de acuerdo a la documentación acreditativa que justifique los nuevos datos.  
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia 
¿CÓMO APORTAR LOS DATOS...
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¿Cómo introducir o modificar los datos? ¿Cómo adjuntar documentación? ¿Cómo presentar la declaración? ¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa EN PDF?
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