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  • La deducción por edad varía en función de la edad del contribuyente (si es mayor de 65 años o de 75 años), y depende de la base imponible total.
  • El borrador de renta tiene en cuenta automáticamente esta deducción, según la edad de la persona contribuyente.​
  • Las circunstancias familiares y personales a tener en cuenta a la hora de aplicar estas deducciones familiares y personales serán las existentes en la fecha del devengo del Impuesto (31 de diciembre o, excepcionalmente, la fecha de fallecimiento).​
  • Esta deducción se aplica a las personas contribuyentes cuya base imponible se sitúe dentro de los límites establecidos. A estos efectos, se entiende por base imponible la suma de: la base imponible general, y la base imponible del ahorro. Cuando la base imponible general resulte negativa, se computará cero euros a efectos de dicho cálculo.
Cuantía de la deducción
  • Base imponible igual o inferior a 20.000 euros. La deducción aplicable es la siguiente, en función de la edad:
    • Más de 65 años: 385 euros
    • Más de 75 años: 700 euros
  • Base imponible superior a 20.000 euros e inferior a 30.000 euros. La deducción aplicable es la siguiente, en función de la edad:
    • Más de 65 años: La deducción será de 385 euros, minorada en el resultado de multiplicar por 0,0385 la cuantía obtenida de restar 20.000 euros a la base imponible.
    • Más de 75 años: La deducción será de 700 euros, minorada en el resultado de multiplicar por 0,0700 la cuantía obtenida de restar 20.000 euros a la base imponible.