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Para los y las contribuyentes que realicen actividades económicas, y con el objetivo de incentivar la implantación de BATUZ, y teniendo en cuenta lo previsto en la Norma Foral 8/2023 por la que se aprueban medidas para ordenar la implantación definitiva del sistema Batuz, podrán en los años 2020 a 2025 practicar una deducción en la cuota del IRPF del 30% de los siguientes gastos o inversiones que estén relacionados con su implantación:
  • Adquisición de equipos y terminales, con sus software y periféricos asociados, así como su implantación e instalación.
  • Adquisición del software de firma electrónica necesario, así como su implantación e instalación.
¿Qué gastos e inversiones son deducibles?
La deducción incluye los gastos e inversiones correspondientes a las actuaciones llevadas a cabo en los años naturales 2020 a 2025 para poder implantar el sistema Batuz, esto es, un proceso en virtud del cual el contribuyente se provea del software y equipo o equipos informáticos necesarios para poder cumplir con el sistema BATUZ . En particular, se podrá deducir por:  
 
  • Adquisición de equipos y terminales, con su software y periféricos asociados, por ejemplo: ordenadores, tablets o móviles para facturar, impresoras para imprimir el código QR, TPVs. 
  • Adquisición del software de firma electrónica a implementar para dar cumplimiento a las obligaciones relacionadas con los registros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el desarrollo de la actividad. ​ 
  • Instalación e implantación de los equipos y sistemas anteriores.​ 
La base de la deducción se determinará por el coste de los módulos del sistema informático que se hayan adaptado, desarrollado o actualizado relacionados con el proyecto Batuz (proyecto que afecta básicamente al sistema de facturación y a la llevanza de la contabilidad de una empresa), y no a cuestiones distintas (como, por ejemplo, gestión de personal, control de almacén, gestión de cobros y pagos, etc.). 
¿Cuáles son las características y requisitos de la deducción?
  • La deducción se realizará sobre la cuota íntegra del IRPF que se corresponda con la parte de la base imponible general integrada por los rendimientos de las actividades económicas.  
  • Si se han recibido subvenciones para la financiación de los gastos e inversiones objeto de la deducción, la base de la deducción se reducirá en el importe derivado de aplicar sobre dichas subvenciones el % que resulte de la diferencia entre 100 y el tipo medio de gravamen general.
  • Las cantidades no deducidas por insuficiencia de cuota podrán aplicarse en los 30 años inmediatos y sucesivos
  • Para poder practicar la deducción es necesario optar expresamente por su aplicación al presentar la declaración. No obstante, los contribuyentes podrán modificar la opción ejercitada, una vez finalizado el plazo voluntario de declaración del Impuesto y siempre que no se haya producido un requerimiento previo de la Administración Tributaria. ​  
¿Qué incompatibilidades tiene esta deducción?
  • Incompatible con otros beneficios tributarios relacionados con las mismas inversiones o gastos, excepto en lo que se refiere a la libertad de amortización, la amortización acelerada y la amortización conjunta.
  • Particularmente incompatible con la deducción para el fomento de la digitalización del comercio local.​
  • En cualquier caso, aquellos contribuyentes que cumplan con el sistema BATUZ en el periodo voluntario (emisión de facturas TicketBAI y llevanza del libro en la sede), podrán aplicar, además de esta deducción, una compensación sobre el rendimiento positivo procedente de cada una de las actividades económicas que realice. El porcentaje de la reducción variará en función del momento en el que se empiece a cumplir voluntariamente BATUZ.
¿La deducción está condicionada a que entre los años 2020 a 2025 se emitan facturas TicketBAI?
No. La base de la deducción Batuz son las inversiones y gastos en los que el contribuyente haya incurrido en los años naturales 2020 a 2025 para cumplir en el periodo al que le corresponda la aplicación obligatoria del sistema Batuz, con independencia de que, en su caso, el contribuyente emita o no de forma voluntaria entre los años 2020 a 2025 facturas con el sistema TicketBAI.

Sin embargo, hay que señalar que, para la aplicación de esta deducción, la no obligación de emitir facturas con el sistema TicketBAI  no exime de la obligación de la llevanza del libro registro de operaciones económicas en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
 
¿En qué periodos tengo derecho a compensación?
A partir de 1/01/2024 se establece la implantación definitiva de Batuz de forma progresiva en función de un calendario concreto.
Para saber en que periodo tiene un contribuyente derecho a compensación, es determinante la fecha en la que ha de implantar definitvamente Batuz ya que sólo se tiene derecho a la misma  si la adhesión VOLUNTARIA a Batuz se produce con AL MENOS 6 MESES de antelación la referida fecha de implantación definitiva (fecha en la que ha de incorporarse a Batuz).

- Si la adhesión voluntaria a Batuz se produce con efectos del 01/01/2024 o antes:
 
Fecha obligación Compensación 2024 Compensación 2025
01/07/2024 10% NO
01/01/2025 10% NO
01/07/2025 10% 10%
01/01/2026 10% 10%


- Si la adhesión voluntaria a Batuz se produce con efectos del 01/07/2024:
 
Fecha obligación Compensación 2024 Compensación 2025
01/01/2025 10% NO
01/07/2025 10% 10%
01/01/2026 10% 10%
- Si la adhesión voluntaria a Batuz se produce con efectos del 01/01/2025:
 
Fecha obligación Compensación 2024 Compensación 2025
01/07/2025 NO 10%
01/01/2026 NO 10%

- Si la adhesión voluntaria a Batuz se produce con efectos del 01/07/2025:
 
Fecha obligación Compensación 2024 Compensación 2025
01/01/2026 NO 10%

 

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

Aquellos contribuyentes que realicen actividades económicas podrán reflejar en el apartado "Deducción para implantación de sistema BATUZ" la información necesaria para aplicar esta deducción.

Documentación necesaria
  • Documentación probatoria en cada caso, como por ejemplo, facturas de compra de equipos informáticos o de adquisición o suscripción al software, valoración del coste realizada por la empresa informática cuando la factura recibida se refiera a un alcance más amplio que el requerido por el proyecto Batuz, valoración del coste por el propio contribuyente cuando el desarrollo se realice internamente y no se contrate a terceros, etc.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
 


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
  3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
 

Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

 

A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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