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¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la deducción extraordinaria por obras de renovación en la vivienda ?
  • La vivienda debe tener una antigüedad mínima de 10 años y tener la consideración de vivienda habitual (no aplicable a segundas viviendas).
  • Las obras ejecutadas deben estar sometidas a licencia municipal de obras o en su caso, presentación de declaración responsable o comunicación previa al Ayuntamiento.
  • El presupuesto de ejecución de las obras debe alcanzar como mínimo los 3.000€ (sin incluir el IVA y demás impuestos análogos, ni los honorarios de profesionales, ni el beneficio empresarial del contratista, ni ningún otro concepto que no integre estrictamente el coste de ejecución).
  • Deben realizarse desde el 6 de mayo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.
  • Si las obras ejecutadas tienen la consideración de obras de rehabilitación, no se podrá aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual correspondiente a la rehabilitación y la deducción por obras de renovación sobre los mismos importes (deducciones incompatibles).
 

 

¿Cuál es el importe máximo por el cual podré deducir (base de deducción)? ¿Cuál es el límite de la deducción? ¿Es por cada contribuyente o por cada declaración?
  • La base de deducción tendrá un límite máximo de 15.000€ con independencia del importe total facturado. A esta base se le restará el importe de las subvenciones si las hubiera.
  • El porcentaje de deducción será del 10% sobre las cantidades satisfechas.
  • El límite de la deducción será 1.500 € para ambos ejercicios (2020 y 2021). El límite se aplica de forma conjunta. Es decir, la suma de las deducciones de los ejercicios 2020 y 2021 no puede superar 1.500 €.
  • La base máxima es por declaración, de tal forma que no procederá su elevación o multiplicación en los supuestos de tributación conjunta.
  • La aplicación de esta deducción no consume crédito fiscal.
¿Es requisito imprescindible la licencia municipal de obra para acogerse a esta deducción? ¿El importe pagado por el permiso municipal es deducible?
  • Este requisito se entiende igualmente cumplido en relación con las obras para las que únicamente resulte exigible la presentación de declaración responsable o de comunicación previa al Ayuntamiento competente.
  • Sí. El importe pagado por el permiso municipal puede formar parte de la base de la deducción.
Compro vivienda y hago reformas en la misma, ¿puedo acogerme a la deducción por adquisición de vivienda y a su vez a la deducción extraordinarias por obras de renovación? ¿y a la deducción por rehabilitación y por obras de renovación de la vivienda?
  • Sí, podrás aplicar las dos deducciones teniendo en cuenta que el coste de la reforma no formará parte del valor de adquisición y deberás registrarlo de forma independiente. Para ello deberás realizar dos anotaciones: una en el apartado de “Inversión en vivienda” con la clave “Adquisición” y otra en el apartado “Obras de Renovación”. 
  • No, siempre que se trate de la misma obra. Las deducciones por rehabilitación y por obras de renovación son incompatibles entre sí y no acumulables en lo que respecta a unos mismos importes.

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2025.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

En este apartado se podrá añadir y/o editar el importe de las obras de renovación realizadas en la vivienda habitual.

 

¿Cómo debes aportar los datos de las obras de renovación de tu vivienda habitual?





 

Ejemplo: Incluir esta deducción en tu borrador.







 
Documentación necesaria
  • Licencia municipal de obras​, o en su caso declaración responsable o de comunicación previa al Ayuntamiento correspondiente
  • Presupuesto de ejecución material de las obras​
  • Facturas de las obras
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y, en su caso, modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado tienes el botón de ayuda.
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación:

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el botón superior "Mis Gestiones" y entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar".
  7. Selecciona el archivo: comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y comprobar los datos.
  3. Elige el tipo de declaración: individual o conjunta. Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa “Presentar” y verifica que la cuenta bancaria y el domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante (resguardo de presentación).

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial (individual o conjunta), selecciona Datos fiscales, datos declarados y cálculos. Se abrirá un cuadro y podrás ver la simulación en una nueva pestaña para visualizar, guardar o imprimir.

Verás tu declaración completa y todos los conceptos, así como los cálculos internos (bases, cuotas...). Además, podrás ver el detalle de cada apartado pinchando en los elementos subrayados.


A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacer un seguimiento al expediente o descargar la declaración presentada, se deberá acudir a la sede electrónica y acceder a MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás ver un cronograma de actuaciones, la documentación adjunta y, si es necesario, iniciar nuevos trámites.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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