Cuando no existe cónyuge supérstite (cónyuge o miembro de la pareja de hecho) los sucesores deberán acreditar previamente su condición solicitando su inscripción en el Registro electrónico general de apoderamientos.
Si no existe cónyuge supérstite
Los sucesores deberán acreditar su condición y
solicitar su inscripción en el
Registro electrónico general de apoderamientos como
representación legal de ámbito tributario (pestaña “yo represento” / añadir persona representada / inscripción legal) aportando algunos de los siguientes documentos:
- Certificado de últimas voluntades
- Certificado de fallecimiento o acta de declaración de heredero abintestato o libro de familia o certificado equivalente
- Acta de aceptación y adjudicación de herencia
También se ha incluido en sede electrónica, en el siguiente
enlace , un formulario con objeto de solicitar el registro de sucesores y representantes legales en el ámbito tributario por persona
distinta de la sucesora o representante.