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Un suplido es un pago que se realiza por cuenta y orden de un cliente, al cual le corresponde realizar ese gasto. Por ejemplo, un arquitecto que paga la licencia de obra por cuenta y orden del cliente. El suplido no implica ninguna repercusión de IVA ni tiene efectos en el IRPF.
Nota: tras emitir una factura en la que consta un suplido o provisión, debe registrarlo en el LROE. Acceda al ejemplo de su registro aquí.

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