web
Está desconectado. Se trata de una versión de solo lectura de la página.
close

Entra en la aplicación HAZ TU FACTURA e introduce tu clave de identificación.

Un pago a cuenta es el que realiza el destinatario de un bien o servicio como anticipo o garantía del cumplimiento del pago definitivo. En caso de operaciones sujetas a IVA, se debe repercutir el IVA por el importe del pago anticipado, detallando también en la factura la retención de IRPF cuando se deba practicar (caso de servicios profesionales, por ejemplo).
Emisor. Receptor. Cabecera de factura
-EMISOR: Aparecerán tus datos identificativos y el domicilio de la última factura que hayas hecho.
-DESTINATARIO: Introduzca el NIF de la persona que recibe el servicio. Si has introducido sus datos en el área de GESTIÓN DE DESTINATARIOS de la barra superior, solo tienes que seleccionarlos.
-CABECERA DE FACTURA: Elige una serie (puedes crear una nueva serie si lo necesitas).
Datos de la factura
En caso de añadir Pagos a cuenta, dado que están sujetos a IVA, se debe seleccionar "Sujeto" y rellenar todos los datos, siendo la base imponible el pago a cuenta realizado. Una vez realizada la operación o servicio, se debe emitir una factura distinta por el importe restante y el IVA correspondiente. Si ambas facturas pertenecen a trimestres diferentes, se debe ingresar el IVA en el trimestre correspondiente a cada factura. 
Línea de detalle

Finalmente pulsar el botón "Añadir" para que se incorpore a la factura.
Pie. Observaciones. Información a efectos del IRPF (LROE 140)

- Pie: En el caso de que no haya que practicarse retención, no debe marcar la casilla "Con retención soportada"; en "Importe total" e "Importe neto" aparece directamente el importe registrado en Líneas de detalle. -Observaciones: Indica las observaciones que consideres. Ejemplo: puedes poner la forma de pago o si estuviera exento de IVA el motivo de la exención.
-Información a efectos del IRPF (LROE 140): clica en el combo seleccionando tu actividad (en caso de tener más de una).
Si el ingreso a computar en IRPF es distinto al de IVA clica en SI e indica el importe.
Si en el Libro-registro has optado por el "criterio de cobros" clica en la casilla de este apartado.

Ayúdanos a mejorar

¿Cómo valoras la utilidad del artículo?

Grado de satisfacción

Gracias por compartir tu valoración, esto nos ayuda a mejorar tu experiencia.

Preguntas frecuentes

¿Necesitas más ayuda?