Los gastos de basuras, comunidad de propietarios, IBI y por el suministro de agua y luz, tasas… que la persona arrendadora
traslade a la arrendataria, formarán parte de la base imponible del arrendamiento. Se trata de un supuesto en el que se produce la refacturación que será accesoria de la prestación principal y formará parte de la base imponible del arrendamiento y, por tanto, será de aplicación el mismo tipo aplicable a este último.
En la factura emitida debe indicarse el concepto y el importe del gasto. Los gastos sin IVA no se imputarán al cálculo de la base imponible devengada.
En la autoliquidación trimestral debe indicarse,
por separado, la base imponible por cada tipo de IVA (%0, %4, %10, %21…). El programa realizará la suma de las bases imponibles devengadas y calculará la cuota trimestral del IVA repercutido.
Ejemplo: Iker tiene arrendado un local comercial y cada mes emite una factura a la persona inquilina con los siguientes conceptos.
- Alquiler mensual: 400 € (+ 21% de IVA).
- Suministro de Agua: 15 € (+21 % de IVA).
Iker recopila las tres facturas emitidas y realiza la suma de los importes totales devengados y las cuotas de IVA repercutidas.
- Base imponible IVA devengado (21%): 415€ x 3= 1.245 €
- Cuota IVA devengado (21%): 87,15 € x 3= 261,45 €
Iker en la presentación telemática trimestral del modelo 303 indicará por cada tipo de IVA la base imponible devengada y comprobará que el importe de la cuota total se corresponde con sus cálculos.