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Presentación y plazos

¿Cuándo acaba el plazo de presentación del ITP-AJD?

El plazo para la presentación de las autoliquidaciones será de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se produzca el hecho imponible.

No obstante, cuando se trate de hechos imponibles que comprendan adquisiciones de bienes muebles a particulares por empresarios o profesionales para su posterior reventa, se atenderá al plazo determinado por la Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas que apruebe el modelo de autoliquidación de estas operaciones.

Cuando se trate de documentos judiciales se entenderá realizado el hecho imponible en la fecha de firmeza de la correspondiente Resolución judicial.

Artículo 28 del Reglamento de ITP y AJD. Plazo de presentación

¿Dónde se pueden presentar los modelos del impuesto de transmisiones?
  1. Presentación telemática

    A través de la sede electrónica de Hacienda mediante los Sistemas de identificación y acceso (Bak,BakQ, DNI electrónico, etc.).

    Acceso directo al trámite (Tras identificarse en el apartado "Giltza" accederá directamente a la página donde puede realizar el trámite)

    DEBERÁ ANEXAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

    • Modelo 600 cumplimentado.
    • Escritura pública si la hubiera o contrato privado.
    • Justificante/ingreso bancario.
  2. Presencialmente en las siguientes oficinas:
    • Oficina de Hacienda en Bilbao. C/ Capuchinos de Basurto 4, Sección de Transmisiones Patrimoniales.
    • En las Oficinas Liquidadoras del Distrito Hipotecario sitas en los Registros de la Propiedad, (al que pertenezca el bien objeto de la transmisión o, en su caso, dónde tenga el domicilio fiscal el sujeto pasivo).

      Hay que tener en cuenta que si se ha presentado un expediente en la Oficina Liquidadora, o en Bilbao, los expedientes complementarios posteriores deberán presentarse en la misma. Es decir, si presentó en la Oficina Liquidadora de Balmaseda, la complementaria deberá presentarse en la misma Oficina.

Oficinas liquidadoras de la provincia de Bizkaia

Listado de oficinas liquidadoras Oficinas liquidadoras

Registro Dirección Teléfono Fax
Barakaldo Larrea, 1-3 48901 94 437 7000 Ext. 104 94 437 5437
Durango Plateruen Plaza, 7 48200 94 620 1762 94 620 28 20
Gernika Don Tello, 18 48300 94 627 00 67 94 625 52 26
Markina Okerra, 18 48270 94 616 81 48 94 616 81 48
Portugalete Padre Cortazar, 2 48920 94 495 63 11 Ext. 03 94 496 28 15
Santurtzi Sabino Arana, 8 bajo 48980 94 483 48 16 94 483 32 69
Balmaseda Calvario, 13 lonja 48800 94 680 03 10 94 610 21 03

Oharra
Presentación telemática del modelo 600 (Gestorías o Asesorías autorizadas) ITP-AJD.

¿Qué ocurre si no se presenta la autoliquidación del impuesto?
  1. En los supuestos en los que la Administración tributaria (de la información contenida en el índice comprensivo de todos los documentos autorizados por los notarios o de otras fuentes de información) tuviera indicios de la existencia de uno o varios hechos imponibles susceptibles de imposición respecto a los que no se hubiera formulado autoliquidación, procederá a solicitar al notario interviniente copia electrónica del documento notarial por él autorizado.
  2. Si de las actuaciones anteriores se constatara la existencia de uno o varios hechos imponibles no declarados, la Administración tributaria requerirá a los obligados tributarios, para que en el plazo de 1 mes, presenten la correspondiente autoliquidación.
  3. En los casos en los que los obligados tributarios no presentaran la autoliquidación o no justificaran la improcedencia de su presentación, con carácter previo a la práctica de la liquidación provisional, se les notificará propuesta de liquidación para que en el plazo de 15 días aleguen lo que convenga a su derecho, todo ello sin perjuicio de las sanciones que pudieran imponerse. En estos supuestos, tanto en la propuesta de liquidación como en la liquidación provisional, se entenderá como valor declarado, el consignado en el documento notarial, salvo que sea inferior al valor real del bien transmitido o del derecho que se constituya o ceda en cuyo caso se tomará este último.
  4. Cuando la autoliquidación requerida se haya presentado e ingresado indebidamente en otra Administración, el ingreso de la deuda tributaria se suspenderá en la forma y plazos establecidos en el artículo 165.8 de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia

Art. 69 NF 1/2011 Control de presentación de autoliquidaciones.

Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

Operativa con el modelo 600

Casillas del modelo 600

Ejercicio:

  • El del año que se presenta el documento.

Oficina liquidadora:

  • Localidad de la oficina liquidadora ante la que se presenta. En algunas localidades la Oficina Liquidadora está en el Registro de la Propiedad (Barakaldo, Balmaseda, Durango, Gernika, Markina, Portugalete, Santurtzi): En estos casos no se presenta el modelo en las oficinas descentralizadas de Hacienda sino en las oficinas liquidadoras.

Número de expediente:

  • A rellenar por la Administración.

Sujeto pasivo:

  • Poner el domicilio fiscal del sujeto pasivo. Si es un matrimonio en gananciales o comunicación foral, es suficiente con poner a uno de ellos . Si no están en esos casos, se rellena un modelo 600 por cada sujeto pasivo.

Datos del Documento:

  • Público: consideramos como tales las escrituras notariales, documentos judiciales, documentos administrativos.
  • Privado: el resto de documentos.

Fecha del documento:

  • Escrituras notariales: la fecha de la escritura.
  • Documentos judiciales: la última fecha antes de la firma. Normalmente aparece una fecha al principio del documento, y una posterior al final. Es esa última la que se coge, es decir, la fecha más reciente.
  • Documentos administrativos: la que se ponga como fecha del documento.
  • Documentos privados: la fecha del documento (que no tendrá por qué ser la fecha de devengo).

Descripción de la operación:

Código:

  • Se pone el que corresponda a la operación, según la hoja de Instrucciones.

Notaría y Código:

  • Nombre del notario si es escritura pública.

Lugar de otorgamiento:

  • El que ponga al principio de la escritura pública.

Transmitente:

Domicilio fiscal del transmitente. Si hay más de uno, se presentará la Hoja 2 con el resto de transmitentes. En el %, entre todos los transmitentes tienen que sumar 100%.

  • Ejemplo 1: se transmite el 50% de una vivienda, propiedad de 2 personas no casadas en gananciales (propietario cada uno de un 25%). En porcentaje, a cada transmitente se le pondrá 50%. Es decir, cada uno transmite el 50% del 50%.
  • Ejemplo 2: similar al caso anterior, se adquiere el 75% de una vivienda, y ese 75% es de 3 personas a partes iguales (propietario cada uno de un 25%). En porcentaje, a cada transmitente se le pondrá un 33,33%, porque transmite el 33,33% del 75%.

Presentador/a:

  • Domicilio fiscal del presentador. Puede ser cualquier persona o entidad, que actuará como mandante (enviado) del sujeto pasivo. Ser presentador no es ser representante ni interesado, por lo que no tendrá derecho a acceder a documentación ni demás derechos del interesado o representante

Valoración previa:

  • Sólo cuando se ha pedido expresamente la información previa a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles a la que hace referencia el artículo 87 de la Norma Foral General Tributaria y 21 del Reglamento de Gestión.

Precio:

  • Precio acordado en la operación.

Valor declarado:

  • Cuando no hay precio, porque no hay compraventa, pero sí hay una cosa valuable (ej.: extinciones de condominio, declaraciones de obra nueva, declaraciones de propiedad horizontal, segregaciones, …)

Exento:

  • Marcar con una X si está exento. Posteriormente, poner la clave de exención según el código que corresponda. Los códigos aparecen en la hoja de instrucciones.

No sujeto:

  • Si es una operación no sujeta, pero por alguna circunstancia especial y concreta se tiene que presentar.

Fundamento de la exención, no sujeción o bonificación:

  • Esta casilla se utiliza para dar una pequeña explicación adicional a las exenciones solicitadas. También se usa para introducir alguna observación.

Declaración complementaria y Nº expte o presentación de la declaración anterior:

  • Si es complementaria de otra anterior o también si está relacionada con otra presentación.

Fecha y firma del sujeto pasivo o presentador/a:

  • Importante sobre todo la firma, porque la fecha va en el sello.

Base imponible:

  • Se consignará en euros el valor  que corresponda al bien o derecho.

Reducción:

  • El único caso es el de la Norma Foral 1/1997 de Régimen Fiscal de Explotaciones Agrarias de Bizkaia.

Base liquidable:

  • Normalmente es la base imponible, porque la reducción es para casos muy excepcionales.

El tipo impositivo:

  • El que corresponda a cada operación o acto.

Cuota tributaria:

  • El resultado de multiplicar la Base liquidable por el tipo impositivo

Bonificación de la cuota.

  • Casos de Sociedades Laborales y Sociedades y Fondos de Inversión.

Ingresar:

  • Casi siempre la cuota tributaria.

Intereses de demora:

  • Se calculan sobre la cuota tributaria.
Casilla 14.
  • Pueden poner el recargo.

Total a ingresar:

  • La suma de las anteriores.

Enlaces

Impreso 600 Instrucciones para cumplimentar el modelo 600 Presentación telemática del modelo 600 de TPyAJD, programa de ayuda

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