
| Ejercicio 2025 | Ejercicio 2024 |
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La unidad familiar estará formada por:
En el caso de que alguno de los cónyuges o miembro de la pareja de hecho tenga hijos/as o menores, que cumplan los requisitos indicados en el punto anterior, de relaciones anteriores, estos quedarán incluidos en la unidad familiar de aquella persona progenitora, adoptante o acogedora que;
| Ejercicio 2025 | Ejercicio 2024 |
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| Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. | |
En este apartado se exponen ejemplos de composición de unidades familiares de personas casadas o parejas de hecho, con o sin hijos menores (comunes o de anteriores relaciones). En lugar de o junto con “hijos menores”, pueden ser “hijos mayores sujetos a curatela representativa” y/o “menores acogidos de forma permanente o guarda con fines de adopción”.
| UF en 2025 | UF en 2024 | |
| A y B sin hijos | A y B | A y B |
| A y B con hijo menor en común, C | A, B y C | A, B y C |
| A y B con hijo menor C solo de B, siendo este progenitor/acogedor único | A, B y C | A, B y C |
| A y B con hijo menor en común C, y B con hijo D del que tiene custodia en exclusiva |
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| A y B con hijo menor en común C y B con hijo D del que tiene custodia compartida |
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| A y B con hijo menor C solo de B que tiene custodia por razón de violencia de género o doméstica. | A, B y C | A, B y C |
La unidad familiar estará formada por la persona progenitora (personas viudas, solteras, etc) , adoptante o acogedora y;
La unidad familiar estará formada por la persona contribuyente con custodia exclusiva por razón de violencia doméstica o de género aunque no exista dependencia económica, junto con todos los:
La unidad familiar estará formada por la persona separada legalmente, divorciada o sin vínculo, y alguno(s) de los siguientes miembros que dependan económicamente en exclusiva de ella:
Se presume que ambos progenitores contribuyen económicamente, salvo prueba en contrario. En estos casos, se estará a lo establecido por resolución judicial y se deberá acreditar el mantenimiento económico.
En el caso de personas viudas o progenitores únicos, formará unidad familiar la persona progenitora o viuda junto con:
Es decir, si no existen hijos que cumplan las anteriores condiciones, no se formará ninguna unidad familiar y no se podrá optar a la tributación conjunta.
En el caso de personas separadas legalmente, divorciadas o sin vínculo matrimonial o pareja de hecho, formaran unidad familiar:
Es decir, si no existen hijos que cumplan las anteriores condiciones, no se formará ninguna unidad familiar y no se podrá optar a la tributación conjunta.
En los casos de mantenimiento de la convivencia de los progenitores, una vez producida la separación legal o declarada la inexistencia de vínculo por resolución judicial o producida la extinción de la pareja de hecho, los progenitores no podrán optar en ningún caso por la tributación conjunta.
Ejemplos de composición de unidades familiares (UF) de personas que sean progenitoras únicas (personas viudas, madres solteras, etc.), solteros, separados y divorciados, todas ellas con un hijo menor de edad. En lugar de o junto con “hijo menor”, pueden ser “hijos mayores sujetos a curatela representativa” y/o, para el ejercicio 2025 y siguientes, “menores acogidos de forma permanente o guarda con fines de adopción”.
| UF en 2025 | UF en 2024 | |
| A, progenitor único con hijo menor B | A y B | A y B |
| A y B solteros, con hijo menor en común C | A priori no se forma unidad familiar, a no ser que exista resolución judicial y A o B demuestre que C depende económicamente exclusivamente de uno de los dos. Si lo demuestra, formará UF con C | A o B con C, según acuerdo entre A y B |
| A soltero/separado/divorciado con hijo B del que atribuida guarda y custodia | A priori no se forma unidad familiar, a no ser que exista resolución judicial y A demuestre que B depende económicamente exclusivamente de él. Si lo demuestra, formará UF con B. | A y B, si no hay acuerdo entre B y el otro progenitor de D que indique lo contrario. |
| A soltero/separado/divorciado con hijo B del que atribuida la custodia por razón de violencia de género o doméstica | A y B | A y B, si no hay acuerdo entre B y el otro progenitor de D que indique lo contrario |
| A y B con hijo menor en común C y B con hijo D del que tiene custodia compartida | A priori no se forma unidad familiar, a no ser que exista resolución judicial y A demuestre que B depende económicamente exclusivamente de él. Si lo demuestra, formará UF con B. | A y B, si A lo acuerda así con el otro progenitor de B |
Desde el ejercicio 2024, Rentaweb permite presentar declaraciones sustitutivas (incluido el cambio de opción de tributación) hasta las 23:59 del día siguiente a la declaración presentada (a no ser que el día de la presentación sea el 30 de junio, último día).
Una vez presentada la declaración definitiva y finalizado el periodo voluntario de declaración (1 de julio), podrá modificarse la opción ejercitada siempre que no se haya producido ninguna nueva acción de la Administración tributaria. Para ello se deberá solicitar el cambio por medio del trámite “Solicitud de cambio de opción de tributación”.
En casos de matrimonio y parejas de hecho inscritas, previo a la solicitud se deberá introducir la clave de representación del cónyuge/pareja en Rentaweb.
Si quieres presentar la declaración conjunta, es importante que tu borrador muestre correctamente los datos de tu cónyuge o pareja de hecho. A continuación te explicamos cómo comprobarlo y qué hacer si falta algún dato.
1. Introducir la clave de representación del cónyuge o pareja de hecho
Para que el sistema muestre la declaración conjunta, asegúrate de:
2. ¿Tu borrador no muestra información sobre tu cónyuge o pareja?
Esto suele ocurrir cuando el estado civil no está bien indicado.
Qué debes hacer:
Si el borrador ya muestra parte de esta información, solo tendrás que introducir la clave de representación en la pantalla principal del borrador.
3. Si tienes hijos que forman parte de la Unidad Familiar (UF)
Para incluir a tus hijos en la declaración conjunta, sigue estos pasos:
Si quieres presentar la declaración conjunta con tus hijos, es importante que compruebes que cumplen los r equisitos generales ya indicados en la parte superior de esta página. Podrás optar por esta modalidad si formas parte de alguno de los siguientes unidades familiares:
Para activar la opción de declaración conjunta, sigue estos pasos:
Para incluir a una persona relacionada en la declaración conjunta, sigue estos pasos:
Puedes incluir a un hijo o a una persona menor acogida en tu declaración conjunta en uno de estos tres casos:
1. Progenitor únicoPuedes incluir al menor cuando solo exista un progenitor. Este caso incluye:
Puedes incluir al menor si tú asumes en exclusiva su manutención. Debes justificarlo.
3. Inclusión según el artículo 98.1.cEste artículo permite incluir también a:
Para aplicarlo, debes acreditar que existe violencia de género o violencia doméstica.
Ejemplo:
Ane está divorciada de Jon. Tiene la guarda y custodia exclusiva de la hija común y realizará la tributación conjunta con ella.

Si tienes la custodia exclusiva de tus hijos o hijas por una situación de violencia doméstica o de género, formáis una unidad monoparental. Gracias a esto, puedes presentar la declaración de la renta con la reducción por tributación conjunta.
¿Qué tienes que hacer en la declaración?
Pulsa el botón “Editar datos de persona” del hijo/a o tutelado/a.
Marca la casilla correspondiente: Selecciona la opción: “Incluir en conjunta por art. 98.1.C. Norma Foral 13/2013”. Esta casilla confirma que puedes hacer la declaración como unidad monoparental.

¿Necesitas ayuda?
Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.
Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:
Accede a tu declaración desde la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).
Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": aparece junto al dato que quieres modificar.
Introduce el valor correcto en el campo: comprueba que el dato es el que corresponde.
Guarda los cambios: pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.
Revisa la simulación de la liquidación: comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.
Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.
Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación:
Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:
Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:
Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.
Verás tu declaración completa y todos los conceptos, así como los cálculos internos (bases, cuotas...). Además, podrás ver el detalle de cada apartado pinchando en los elementos subrayados.
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Preguntas frecuentes
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