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Información tributaria sobre la compensación e integración de las pérdidas de la base del ahorro
Pérdidas patrimoniales que forman parte de la base del ahorro
Las rentas derivadas de:
  • la transmisión de inmuebles
  • la transmisión de acciones o participaciones
  • reembolsos de fondos de inversión, derechos de suscripción, criptomonedas
En general, todas las derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales se califican como ganancias o pérdidas patrimoniales que forman parte de la base del ahorro; por contra, en general, las alteraciones patrimoniales que no derivan de una transmisión, forman parte de la base general.
Compensación de ganancias y pérdidas en la base del ahorro
Como normal general, las pérdidas patrimoniales se compensarán exclusivamente con las ganancias patrimoniales que formen parte de la misma base; es decir, las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro solamente se podrán compensar entre sí y no podrán compensarse con las ganancias de la base general. De la misma manera, los rendimientos de capital mobiliario de la base del ahorro se compensarán exclusivamente entre sí.

Primero se compensarán las ganancias y pérdidas que se pongan de manifiesto en el mismo ejercicio/año y si la compensación arrojase saldo negativo, dicho saldo se podrá compensar con el saldo positivo que se ponga de manifiesto de la misma manera y por el mismo tipo de ganancias y pérdidas en los cuatro años siguientes.

Excepción a la regla general (se puede compensar las pérdidas de la base del ahorro con ganancias de la base general):
  • El régimen flexible de compensación en lo referido a AFS, participaciones preferentes y deuda subordinada (establecido por la DA 28ª NF 13/2013)
  • La excepción establecida para pérdidas por la transmisión de acciones y/o participaciones de empresas que den derecho a aplicar la deducción por inversión en microempresas de nueva o reciente creación o innovadoras (referenciadas en el art. 90 de NF 13/2013 del IRPF), derivadas de un concurso de acreedores o de otros supuestos de liquidación de la entidad (establecido por el art 47.5 NF 13/2013 del IRPF). 
Compensación de pérdidas por unas participaciones preferentes y por deuda subordinada
El rendimiento de capital mobiliario negativo resultante de la transmisión, rembolso, canje o conversión de estos títulos se compensa con rendimientos positivos de la base del ahorro. Si resultara un saldo negativo, podrá compensarse en los cuatro ejercicios siguientes o bien compensarlo con ganancias de patrimonio de la base del ahorro del presente ejercicio. 

La pérdida patrimonial resultante de la ejecución de una sentencia de declaración de nulidad de la suscripción de estos títulos se compensará con ganancias de patrimonio de la base del ahorro. Si resultara un saldo negativo, podrá compensarse en los cuatro ejercicios siguientes o bien compensarlo con rendimientos positivos de la base del ahorro del presente ejercicio. 
Compensación de pérdidas por la venta de participaciones de microempresas innovadoras o de nueva creación que den derecho a deducción
Como excepción, desde el 01/01/2022 las pérdidas por la venta de acciones o participaciones de empresas que den derecho a aplicar la deducción por inversión en microempresas de nueva o reciente creación o innovadoras (establecido en el art. 90 de NF 13/2013 de IRPF), derivadas de un concurso de acreedores o de otros supuestos de liquidación de la entidad, tras haber sido compensadas con ganancias y rendimientos de la base del ahorro siguieran arrojando saldo negativo, su importe podrá compensarse con el saldo positivo resultante de la suma de los rendimientos de la base general, obtenidos en el mismo período impositivo, con el límite del 25% de dicho saldo positivo. Si tras dichas compensaciones quedase un saldo negativo correspondiente a la pérdida patrimonial, su importe se compensará, en los cuatro años siguientes, siguiendo el mismo orden mencionado.         

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2025.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

En esta pantalla "Pérdidas pendientes del año anterior" dentro del apartado "Compensación e integración de pérdidas de la base del ahorro" aparecen las pérdidas patrimoniales de la base del ahorro del ejercicio anterior.

  • Si tienes pérdidas de ejercicios previos y quieres compensarlas, deberás incluirlas en las casillas de los ejercicios a los que correspondan.
  • Si tienes rendimientos negativos de participaciones preferentes y/o deuda subordinada de este ejercicio o de los cuatro anteriores y los quieres compensar con pérdidas de este ejercicio, clica en la casilla correspondiente. 
 

¿Cómo compensar e integrar pérdidas de ejercicios anteriores en el borrador de renta?





 
Documentación necesaria
  • Si presentó sus declaraciones fuera de Bizkaia, copia de la liquidación o liquidaciones donde consten los saldos negativos pendientes de compensar de años anteriores.
  • Si las pérdidas del ejercicio no constan en sus datos fiscales, justificantes acreditativos donde consten las pérdidas que quiere compensar.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y, en su caso, modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado tienes el botón de ayuda.
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación:

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el botón superior "Mis Gestiones" y entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar".
  7. Selecciona el archivo: comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y comprobar los datos.
  3. Elige el tipo de declaración: individual o conjunta. Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa “Presentar” y verifica que la cuenta bancaria y el domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante (resguardo de presentación).

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial (individual o conjunta), selecciona Datos fiscales, datos declarados y cálculos. Se abrirá un cuadro y podrás ver la simulación en una nueva pestaña para visualizar, guardar o imprimir.

Verás tu declaración completa y todos los conceptos, así como los cálculos internos (bases, cuotas...). Además, podrás ver el detalle de cada apartado pinchando en los elementos subrayados.


A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacer un seguimiento al expediente o descargar la declaración presentada, se deberá acudir a la sede electrónica y acceder a MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás ver un cronograma de actuaciones, la documentación adjunta y, si es necesario, iniciar nuevos trámites.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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