La compensación será del 10% del rendimiento neto de la actividad económica, siempre que se cumplan efectivamente con las obligaciones Batuz (expedición de facturas TicketBAI y llevanza del nuevo LROE) y la persona contribuyente se haya adherido voluntariamente a Batuz:
- En los años 2022 y 2023.
- O se haya adherido en el 2024 y, en este periodo, adelante al menos 6 meses el cumplimiento del sistema respecto de su fecha de implantación definitiva de acuerdo con la nueva normativa.
Es responsabilidad de la persona contribuyente no indicar la compensación Batuz en la declaración del IRPF si no cumple los requisitos anteriores.
Si durante el año 2024 se han realizado gastos o inversiones relacionados con la implantación de Batuz (adquisición e instalación de equipos informáticos como ordenadores o impresoras, instalación de software o similares), se podrá aplicar en la declaración del IRPF una deducción del 30% de dichos gastos o inversiones, en el apartado “Deducción para la implantación del sistema Batuz”.