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Personas Obligadas a tributar en Bizkaia
Debes presentar el modelo 650 en la Hacienda Foral de Bizkaia (aunque los herederos/as sean residentes en Gipuzkoa, Álava o en territorio común) si la persona fallecida ha residido más días en el año anterior a su fallecimiento, contado de fecha a fecha, en el Pais Vasco (y dentro del Pais Vasco en Bizkaia).
Se aplicará la normativa de Bizkaia si el fallecido/a ha  residido más días en el País Vasco en los últimos 5 años y la normativa estatal (de territorio común) en caso contrario. 

En el siguiente enlace tienes más información sobre las diferentes causisticas según la residencia de la persona fallecida y/o sucesora.
Documentación a presentar
Recuerde que tiene que traer el modelo 650 cumplimentado y aportar la siguiente documentación (original y copia)
Documentación general

1.  DNI de la persona fallecida y de los herederos/as y/o legatarios/as, comisario/a, o nudo propietario según corresponda.

2. Certificado de defunción

  • Se pide en el Registro Civil del lugar donde falleció la persona.

3. Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad.

  • Con este certificado se conocerá si el causante ha dejado testamento y ante que notario se hizo.
  • Se solicita al Ministerio de Justicia, en Bizkaia se puede solicitar en c/ Elcano nº 9, 7ª planta, 48008 Bilbao
Teléfono: 94 424 54 18, Fax: 94 424 38 88
gerencia.vizcaya@mjusticia.es, horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas

4. Copia autorizada del testamento o declaración de herederos abintestato

  • Si hay testamento: pedirlo al notario que lo otorgó.
  • Si no tiene testamento para tramitar la herencia, se necesita solicitar la declaración de herederos abintestato, que puede realizarse ante notario o en juzgados. 
    La declaración de herederos abintestato se tramitará en acta de notoriedad autorizada por Notario competente para actuar en el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual.
5.  Certificado de residencia de la persona fallecida de los cinco años anteriores a su fallecimiento.

Documentación específica sobre el inventario de bienes y derechos
1. Inmuebles:
  • Original y copia de las escrituras y del recibo del IBI. En lgar de escitura, también valdría la nota simple del registro
2. Activos:
  • Libretas de ahorro, cuentas, títulos de Deuda Pública, acciones que cotizan en Bolsa: Certificados de los Bancos u otras instituciones financieras con la valoración a la fecha de fallecimiento. En caso adjudicación de capital mobiliario en ejercicio de poder testatorio, certificados de valoración a fecha de ejercicio de poder.
  • En caso de participaciones en sociedades que no cotizan en bolsa, último balance aprobado con anterioridad a la fecha de devengo, a efectos del Impuesto de Sociedades, y certificado del número de acciones o participaciones en que se divide el capital social.
3. Vehículos:
  • Permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica.
4. Otros:
  • Justificación documental de los demás bienes o derechos.
Trámites a realizar y ejemplos para presentar el modelo 650
En los siguientes apartados tiene información completa sobre este trámite (incluye un ejemplo con un modelo relleno), que variará según quienes sean las personas herederas o legatarias, y si hay o no poder testatorio.
Ya ha tramitado algo en Hacienda en sucesiones
Para información llámenos
946 125 500
Una vez cumplimentado el impreso y recopilada toda la documentación necesaria puede concertar su cita aquí 

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