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En esta pantalla, en la casilla "Claves", deberás seleccionar la opción apropiada a tu caso.

En los siguientes links podrás encontrar información específica y ejemplos, en función de tu selección. 
ADQUISICIÓN: Adquiere vivienda habitual en el ejercicio
  • ADQUISICIÓN: de vivienda habitual realizada en el ejercicio la cual se ha efectuado inversión en metálico y/o financiación ajena.
PRESTAMO: Utilizó un préstamo en ejercicios anteriores para financiar la adquisición de vivienda habitual
  • Si el préstamo es hipotecario: para adquisiciones de vivienda efectuadas en años anteriores revisa tu borrador, probablemente la información de los pagos realizados por el préstamo (amortización e intereses) ya estará registrada y solo tendrás que comprobar que los datos son correctos. En caso contrario, deberás añadir los datos. 
  • Si el préstamo es entre particulares, tendrás que introducir los datos necesarios. 
  • Si los datos registrados se corresponden con un préstamo que no es deducible, tendrás que eliminar los registros o rectificarlos. Puede ser un préstamo que hayas solicitado para adquirir una vivienda que no es la habitual, etc. 
REFINANCIACIÓN: Solicita un préstamo en este ejercicio para refinanciar un préstamo anterior
  • REFINANCIACION: préstamo solicitado en este ejercicio para refinanciar un préstamo anterior.
PAGOS A CUENTA: Efectúa pagos en el ejercicio para construcción de vivienda habitual.
REHABILITACIÓN: Realiza rehabilitación de vivienda habitual
  • REHABILITACIÓN:  Rehabilitación protegida de vivienda habitual  (actuación protegida por el Gobierno Vasco u otro organismo equivalente) no confundir con las obras de renovación  que fué una deducción extraordinaria (plan renove etxean) en los ejercicios 2020 y 2021.
OTROS: Realiza obras de adaptación a la discapacidad en la vivienda habitual

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2025.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


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