web
Está desconectado. Se trata de una versión de solo lectura de la página.
close
Cuadro resumen aplicable desde el 01/01/2025
Deducciones por vivienda (componente aislado)
CONTRIBUYENTES Adquisición o rehabilitación Cuenta vivienda
% deducción aplicable Año adquisición Resto de años Plazo máximo % de deducción aplicable
• General 18% 1.530 € 1.530 € 6 años 18%
• Menores de 36 años 23% Sin límite 1.955 € 10 años (*) 23%
• Familia numerosa
• Unidades familiares (UF) monoparentales
• Personas con discapacidad > 65% o dependientes o personas que convivan
• Víctimas de violencia doméstica o de género acreditada
• UF cuyos descendientes menores, o mayores sujetos a curatela o menores acogidos con fines de adopción, cuya custodia le sea atribuida por razón de violencia doméstica o de género
23% 1.955 € 1.955 € 6 años 18%
LÍMITE: solo se aplicará la deducción si ninguna de las bases liquidables (general o del ahorro) es superior a 68.000 euros (en el caso de la adquisición o rehabilitación, este límite entrará en vigor para viviendas adquiridas a partir del 1/1/2026).

(*) También podrán beneficiarse de la ampliación de plazo de la cuenta vivienda a 10 años las personas que cuando abrieron la cuenta tuvieran menos de 36 años y, a 31 de diciembre de 2024, no haya finalizado el plazo de 6 años.
Novedades
A partir de 2025
  • Se mantienen los requisitos para considerar una vivienda habitual y poder deducirse por ella.
  • Los menores de 36 años:
    • Pueden deducirse el 23% de la cantidad invertida con un límite de 1.955 € (equivalente a una inversión de 8.500 €).
    • No tienen límite de deducción en el año de la compra y si no aplican la deducción completa la pueden deducir en los 5 ejercicios siguientes siempre que aún tengan menos de 36 años
    • Cuenta vivienda: se incrementa al 23% la deducción y a 10 años el plazo máximo de inversión
  • Las familias numerosas, monoparentales, víctimas de violencia de género o que tengan a acogido un menor por ese motivo o personas con discapacidad >65% o dependientes también tienen derecho al porcentaje incrementado
  • Se mantiene el límite de crédito fiscal de 36.000 €.
A partir de 2026:
  • Límite de ingresos para poder aplicar la deducción:
    • No puede aplicar la deducción la persona contribuyente que tenga una base liquidable general y, en su caso, una base liquidable del ahorro, iguales o superiores a 68.000 euros (el límite no es por la suma de las bases sino que se supere en alguna de ellas).
    • El límite se aplica año a año en función de la Base Liquidable (general o del ahorro) que tenga cada año.
    • Este límite no afecta a las viviendas adquiridas antes del 31/12/2025 y tampoco a las adquiridas a partir de 1/1/2026 que apliquen una cuenta vivienda o un pago a a cuenta de una vivienda en construcción realizados antes de 2026.  
  • Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes en otra vivienda habitual: solo se excluyen de gravamen la ganancia patrimonial obtenida si concurre alguna circunstancia que justifique el cambio de su vivienda (hasta 2026 no se exigía ningún requisito añadido a la propia inversión).
    • Este requisito solo es aplicable a las viviendas adquiridas a partir de 2026.
    • Circunstancias admitidas (si suponen : inadecuación de la vivienda transmitida a las necesidades familiares,  el traslado laboral,  la celebración de matrimonio o constitución de pareja de hecho, la separación u otras circunstancias de carácter económico que impidan satisfacer el pago de la vivienda
Más información sobre inversión en vivienda habitual

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

En esta pantalla, en la casilla "Claves", deberás seleccionar la opción apropiada a tu caso.
En los siguientes links podrás encontrar información específica y ejemplos, en función de tu selección.
ADQUISICIÓN: Adquiere vivienda habitual en el ejercicio
  • ADQUISICIÓN: de vivienda habitual realizada en el ejercicio la cual se ha efectuado inversión en metálico y/o financiación ajena.
PRESTAMO: Utilizó un préstamo en ejercicios anteriores para financiar la adquisición de vivienda habitual
  • Si el préstamo es hipotecario: para adquisiciones de vivienda efectuadas en años anteriores revisa tu borrador, probablemente la información de los pagos realizados por el préstamo (amortización e intereses) ya estará registrada y solo tendrás que comprobar que los datos son correctos. En caso contrario, deberás añadir los datos. 
  • Si el préstamo es entre particulares, tendrás que introducir los datos necesarios. 
  • Si los datos registrados se corresponden con un préstamo que no es deducible, tendrás que eliminar los registros o rectificarlos. Puede ser un préstamo que hayas solicitado para adquirir una vivienda que no es la habitual, etc. 
  • Más información.
REFINANCIACIÓN: Solicita un préstamo en este ejercicio para refinanciar un préstamo anterior
  • REFINANCIACION: préstamo solicitado en este ejercicio para refinanciar un préstamo anterior.
PAGOS A CUENTA: Efectúa pagos en el ejercicio para construcción de vivienda habitual.
REHABILITACIÓN: Realiza rehabilitación de vivienda habitual
  • REHABILITACIÓN:  Rehabilitación protegida de vivienda habitual  (actuación protegida por el Gobierno Vasco u otro organismo equivalente) no confundir con las obras de renovación  que fué una deducción extraordinaria (plan renove etxean) en los ejercicios 2020 y 2021.
OTROS: Realiza obras de adaptación a la discapacidad en la vivienda habitual
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y, en su caso, modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado tienes el botón de ayuda.
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación:

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el botón superior "Mis Gestiones" y entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar".
  7. Selecciona el archivo: comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y comprobar los datos.
  3. Elige el tipo de declaración: individual o conjunta. Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa “Presentar” y verifica que la cuenta bancaria y el domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante (resguardo de presentación).

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial (individual o conjunta), selecciona Datos fiscales, datos declarados y cálculos. Se abrirá un cuadro y podrás ver la simulación en una nueva pestaña para visualizar, guardar o imprimir.

Verás tu declaración completa y todos los conceptos, así como los cálculos internos (bases, cuotas...). Además, podrás ver el detalle de cada apartado pinchando en los elementos subrayados.


A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacer un seguimiento al expediente o descargar la declaración presentada, se deberá acudir a la sede electrónica y acceder a MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás ver un cronograma de actuaciones, la documentación adjunta y, si es necesario, iniciar nuevos trámites.

Ayúdanos a mejorar

¿Cómo valoras la utilidad del artículo?

Grado de satisfacción

Gracias por compartir tu valoración, esto nos ayuda a mejorar tu experiencia.

Preguntas frecuentes

¿Necesitas más ayuda?